El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo pretende que se implementen los procesos de prevención, evaluación y control de riesgo en los sitios de trabajo. Este se encuentra regulado por el Decreto 1072 de 2015.
Conoce aquí 6 respuestas importantes sobre el SG-SST.
El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– se basa en la mejora continua de las políticas de organización, planificación, aplicación, evaluación, auditoría, acciones de mejora, identificación de peligros, entre otras acciones que tienen como finalidad anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Cuando un empleador no cumple con la implementación de un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo puede incurrir en faltas que originen el pago de sanciones, multas, suspensiones e incluso el cierre definitivo de la empresa, según lo dispuesto en los decretos 1295 de 1994, 472 de 2015 y la Resolución 1111 de 2017.
Si este tema es de tu interés, profundiza con nuestro análisis ABC del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–.
La Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en seguridad social y otros temas laborales, da a conocer a continuación 6 aspectos importantes sobre el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
La Dra. Angie Marcela Vargas explica que una empresa que tenga contratistas también se encuentra obligada a implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo dirigido a este tipo de trabajadores, con el fin de prevenir todo tipo de lesiones, enfermedades o riesgos a los que puedan estar expuestos.
La Dra. Angie Marcela Vargas indica que el contrato de trabajo remoto se encuentra regulado en la Ley 2121 del 2021 y el Decreto 555 de 2022, normas donde se establece que el empleador debe incluir dentro de sus políticas de seguridad y salud en el trabajo la modalidad de contrato de trabajo remoto para proteger al trabajador.
La Dra. Angie Marcela Vargas explica en qué consiste el comité paritario del sistema de seguridad en el trabajo –Copasst– regulado por la Resolución 2013 de 1983 y el Decreto 1072 de 2015. Adicionalmente, explica la relación entre el Copasst y el comité de convivencia.
La conferencista Angie Marcela Vargas explica la función principal del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, también la obligación que tiene el empleador de nombrar una persona para el diseño, implementación, revisión, evaluación y mejora de las medidas de prevención y control para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo; esto con la intención de que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, y el comité paritario o vigía de seguridad y salud en el trabajo, según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones según lo establece el Decreto 1443 de 2014.
La Dra. Angie Marcela Vargas indica el concepto de teletrabajo y explica que el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo debe involucrar a todos los trabajadores, independientemente de su tipo de contrato de trabajo; dentro de dicho sistema se debe incluir un ítem donde se mencione esta modalidad de trabajo.
La Dra. Angie Vargas menciona las sanciones aplicables por no implementar el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo según el artículo 91 del Decreto 1295 de 1994, el Decreto 472 de 2015 y la Resolución 1111 de 2017.
Continúa tu formación con nuestro análisis ¿Qué sanciones pueden ser impuestas al no implementar sistemas de seguridad y salud en el trabajo?.