Tratamiento de IVA en la construcción de vivienda de interés social e interés prioritario 


Actualizado: 12 abril, 2024 (hace 3 semanas)

¿Cuál es el tratamiento especial de IVA otorgado para la construcción de vivienda de interés social e interés prioritario?

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En este consultorio tributario se explica el tratamiento del IVA en la construcción de viviendas de interés social y prioritario, relacionando los requisitos para la devolución del IVA pagado en los materiales de construcción, la inclusión de ascensores y materiales para zonas comunes.

Además, se destaca la necesidad de tener facturas certificadas por el revisor fiscal y la matrícula inmobiliaria de los bienes vendidos y se presenta un ejercicio práctico para solicitar la devolución o compensación del IVA en viviendas de interés social y prioritario, considerando el límite del 4% del precio señalado en la escritura.

Aspectos destacados

  • El IVA pagado en materiales de construcción para viviendas de interés social y prioritario puede ser devuelto o compensado.
  • La devolución del IVA incluye ascensores y materiales para zonas comunes.
  • Se requiere tener facturas certificadas por el revisor fiscal y la matrícula inmobiliaria de los bienes vendidos.
  • La solicitud de devolución o compensación debe realizarse dentro de los dos bimestres siguientes a la compra.
  • El monto máximo de devolución o compensación es el 4% del precio señalado en la escritura.
  • El IVA no pagado a proveedores no es susceptible de devolución.
  • Se presenta un ejercicio práctico de solicitud de devolución o compensación del IVA en viviendas de interés social y prioritario.

Juan Fernando Mejía, experto consultor en Estándares Internacionales e impuestos, explica este tema en el consultorio tributario “Casos prácticos sobre impuesto al valor agregado (IVA)” realizado el 19 de marzo de 2024.

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