Nuevos recursos
Derecho Comercial - 21 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
Derecho Laboral - 20 febrero, 2025
ACTUALIDAD - 14 febrero, 2025
HERRAMIENTAS INTERACTIVAS - 14 febrero, 2025
Derecho Laboral - 13 febrero, 2025
Derecho Comercial - 11 febrero, 2025
Libros Blancos - 10 febrero, 2025
FORMATOS - 4 febrero, 2025
Cartillas Prácticas - 3 febrero, 2025
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo deben ser tratadas las incapacidades de origen común que superan los 540 días?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral indica que, cuando un trabajador presenta una incapacidad se debe tener claridad acerca de la causa y la duración de la misma, para poder determinar a quién le corresponde el pago de la prestación económica, que bien puede ser la empresa, la EPS, el fondo de pensión o la ARL.
Es importante tener presente que durante el período de incapacidad no se debe suspender el pago de las prestaciones sociales.
Ahora bien, para entender cómo se trata una incapacidad que supera los 540 días se debe validar lo dispuesto en el artículo 2.2.3.3.1 del Decreto 1333 de 2018, en el cual se establece que, en este caso, será la EPS la encargada de responder por el pago de la prestación económica.