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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valor patrimonial de vehículos en la declaración de renta


Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿Cuál es el valor patrimonial por el cual las personas naturales deben declarar sus vehículos a diciembre 31 de 2021?

Pregunta resuelta 23 de junio de 2022.

Las personas naturales deben definir bien su patrimonio fiscal a diciembre 31 de 2021, puesto que uno de los topes que los obliga a presentar declaración es el monto del patrimonio bruto. El conferencista agrega que se deben tener en cuenta los artículos 60, 68, 70 del ET, ya que en ellos se definen las reglas para determinar el valor fiscal por el que se declararían activos como los vehículos.

Por su parte, en el artículo 267 del Estatuto Tributario se establece la regla general para la valoración patrimonial de los activos; este cual indica lo siguiente:

Artículo 267. Regla general para la valoración patrimonial de los activos. <Artículo modificado por el artículo 114 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> El valor de los bienes o derechos apreciables en dinero poseídos en el último día del año o período gravable estará constituido por su costo fiscal, de conformidad con lo dispuesto en las normas del título I de este libro, salvo las normas especiales consagradas en los artículos siguientes.

A partir del año gravable 2007, la determinación del valor patrimonial de los activos no monetarios, incluidos los inmuebles, que hayan sido objeto de ajustes por inflación, se realizará con base en el costo ajustado de dichos activos a 31 de diciembre de 2006, salvo las normas especiales consagradas en los artículos siguientes.

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