En algunas ocasiones, en las ventas que realiza la empresa, se decide aplicar descuentos sobre el precio de venta de algunos artículos. Sin embargo, no siempre el valor del descuento se puede disminuir de la base sobre la cual se aplicará la tarifa para determinar el impuesto sobre la venta.
Para que el descuento se pueda disminuir de la base gravable, la ley establece en que situaciones el descuento se puede descontar de la misma:
El descuento no debe estar sujeto a ninguna condición, es decir, no debe depender de la ocurrencia o no de un hecho o suceso en el futuro, sino que debe obedecer a la voluntad del vendedor de otorgar el mismo y por tanto, es aplicado al momento de la realización de la operación económica.
Normatividad utilizada:
Artículo 454 del Estatuto Tributario
Concepto Unificado 00001 de Junio de 2003