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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La contabilidad de caja no es una involución ni un error


Que en Estados Unidos de América, país con gran desarrollo contable, se admita la contabilidad de caja para efectos tributarios cuando se trata de personas naturales no representa una involución ni un error.

Según la autoridad:

Cash Method Most individuals and many small businesses (as explained under Excluded Entities and Exceptions, later) use the cash method of accounting. Generally, if you produce, purchase, or sell merchandise, you must keep an inventory and use an accrual method for sales and purchases of merchandise. See Inventories, later, for exceptions to this rule.

Varias veces hemos tocado el tema en Contrapartida, advirtiendo que muy poco saben los contadores del método de caja porque no lo estudian a profundidad. Como se dijo, cuando se planteó el texto para primer debate de lo que luego fue la Ley 1314 de 2009 se autorizaba al Gobierno para permitir que ciertas personas usaran dicho método, tal como se planteaba entonces por ISAR. Unos se escandalizaron y la facultad desapareció. Ahora la Ley 2069 de 2020 consagra expresamente la posibilidad, pues su artículo 8 reformó el artículo 2 de la Ley 1314 de 2009. Al preparar el decreto reglamentario de esta aparecieron otros sosteniendo que sería echar para atrás. Finalmente, el decreto no mencionó el punto. Esto quiere decir que el mismo ministerio que propuso la ley últimamente citada se abstuvo de emitir una reglamentación. Contradicciones históricas que podrían pasar desapercibidas, siempre que no recordemos a las miles de personas para quienes el método de acumulación es innecesario.

Estas cuestiones no pueden definirse por la simple opinión de una persona o grupo de personas, sean naturales o jurídicas, tienen que corresponder a la ciencia contable. Si se revisa el decreto se observará que la exposición de motivos guardó silencio al respecto. Es decir, del proyecto pasamos a una norma de diferente contenido sin argumento alguno. Estamos dejando al Gobierno actuar como le conviene sin respetar a la comunidad.

Mientras los gobiernos sigan pensando que la contabilidad es una materia legislativa, harán con ella lo que les plazca. La profesión contable debe oponerse a esto. No puede seguir aceptando leyes y decretos que pasan por alto el conocimiento contable, ni que se suplante dicha ciencia por la regulación.

Puede que haya tesis aceptadas por una mayoría, pero no por la unanimidad. El Gobierno puede acoger aquella, pero debe justificar su posición según lo que le corresponde: la factibilidad y conveniencia de la decisión, según las orientaciones de la ciencia política. Es decir, el Gobierno debe respetar la ciencia contable y aplicar la ciencia política.

Es innegable que las grandes empresas, especialmente las inscritas en bolsa y, además, las transnacionales, ameritan ciertas reglas. Pero creer que ellas se deben proyectar sobre el resto del empresariado es un gran error, porque hay que tratar igual a los iguales y distinto a los distintos. Mientras no se piense en los pequeños habrá injusticia.

Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones.
Número 6426, febrero 14 de 2022.

Hernando Bermúdez Gómez
Las publicaciones de Contrapartida son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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