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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Libro Blanco] Reporte de información exógena, año gravable 2022


informacion-exogena
Actualizado: 31 enero, 2023 (hace 2 años)

La Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 redujo las tarifas del régimen sancionatorio aplicable a la información exógena, antes conocida como medios magnéticos. Con la 4.ª edición de este libro blanco no tendrás que preocuparte por calcular dichas sanciones. ¡Aquí tendrás todo lo que necesitas!

Año a año la información exógena sigue configurándose como la principal herramienta de fiscalización utilizada por la Dian y otras entidades de vigilancia como la UGPP para detectar:

  • Omisiones e inexactitudes en las declaraciones tributarias.
  • Inexactitudes en las declaraciones tributarias.
  • Incumplimiento de otras responsabilidades tributarias.
  • Omisiones e inexactitudes en los aportes al sistema de seguridad social.

Por esta razón se hace relevante analizar y estudiar los requerimientos dispuestos por la Dian año a año para el reporte de la información exógena, por lo que hemos preparado la 4.ª edición del Libro Blanco Reporte de información exógena: obligados, plazos, formatos, conceptos e instrucciones para su presentación ante la Dian, con el fin de que todos nuestros lectores puedan actualizarse sobre las indicaciones que contiene la Resolución 000124 de 2021 para la presentación de los 57 formatos que componen la exógena por el año gravable 2022, así como los cambios que contempla el proyecto de resolución publicado por la Dian el 25 de enero de 2023 (el cual fue materializado a través de la Resolución 000052 de 2023).

Estas temáticas vienen acompañadas de diversas ayudas teóricas y prácticas mediante cuadros comparativos, tips tributarios, normativa relacionada, 58 respuestas a preguntas frecuentes y un componente práctico compuesto por 5 anexos en Excel. En estos se abordan ejemplos y modelos de información especial y necesaria para resolver las principales dudas que puedan generarse en relación con los tópicos mencionados.

Estas son las sanciones a las cuales podrías estar expuesto si no te actualizas en las novedades ligadas a la información exógena o medios magnéticos

De acuerdo con los cambios introducidos por el artículo 80 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 al artículo 651 del ET, cuando la información exógena (antes conocida como medios magnéticos) no se suministre, se suministre tardíamente o su contenido presente errores, la Dian estará facultada para aplicar las siguientes sanciones:

sanciones información exógena

El Libro Blanco Reporte de información exógena: obligados, plazos, formatos, conceptos e instrucciones para su presentación ante la Dian por el año gravable 2022 se desarrolló a través de ejemplos, cuadros comparativos, infografías, tips tributarios, así como 58 respuestas a preguntas frecuentes y normativa relacionada,bajo un lenguaje de fácil comprensión. Se complementa con 5 anexos descargables en Excel, en los cuales se aborda información relevante sobre esta estructura temática.

Características técnicas de la publicación

Editorial:


Actualícese.com LTDA.

 

Autor:

José Hernando Zuluaga 

Formato:

Digital e impreso

ISBN (versión digital):

978-958-5190-73-3

ISBN (versión impresa)

978-958-5190-76-4

Número de páginas:

423

Tamaño de archivos de descarga:

PDF (libro): 13 MB; carpeta zip (anexos): 4,6 MB

Un libro más 5 anexos descargables en Excel y las novedades normativas posteriores

En la zona de complementos a la cual tendrás acceso se incluyen 5 anexos descargables en Excel y las novedades normativas que surjan después de la terminación de esta edición.

Esta es una breve descripción de los anexos que recibirás en adición al libro:

En esta guía se incluye un resumen sobre los formatos que se deberán utilizar para cumplir con este requerimiento por el año 2022, el número del anexo que contiene sus especificaciones técnicas, el tipo de reportante que está en la obligación de presentarlo, las cuantías que se deben atender para incluir la información en cada formato, los conceptos aplicables con el detalle de aquellos que son nuevos por el año gravable 2022 y los cambios que contempla la Resolución 000052 de 2023.

Esta guía incluye una matriz en la que se pueden evaluar cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 1 de la Resolución 000124 de octubre 28 de 2021, para determinar si se está obligado o no a reportar información exógena por el año gravable 2022.

En este formato se podrán revisar los montos y condiciones asociados a las sanciones monetarias generadas por no enviar información exógena, enviarla con errores o enviarla de forma extemporánea y que se deseen liquidar y pagar durante 2023, con base en las modificaciones efectuadas por la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022.

En esta se incluyen:

  • Dos ejemplos sobre la firmeza del reporte de información exógena.
  • Un liquidador de la sanción por enviar información exógena errada.
  • Un liquidador de la sanción por no suministrar información exógena.
  • Un liquidador de la sanción por suministrar información exógena de forma extemporánea.

Nota: en el formato se podrán encontrar modelos para realizar diversas simulaciones de acuerdo con las indicaciones dadas.

  • Caso 1: Reporte de la información relacionada con socios, accionistas, comuneros y/o cooperados.
  • Casos 2 y 3: Reporte de la información de compras y ventas.
  • Casos 4 y 5: Reporte de la información relacionada con devoluciones.
  • Casos 6 y 7: Reporte de la información relacionada con los activos fijos reales productivos.
  • Caso 8: Reporte de la información relacionada con retenciones en la fuente asumidas.
  • Casos 9 y 10: Reporte de la información relacionada con venta de bienes inmuebles.
  • Caso 11: Reporte de la información relacionada con provisiones y contingencias.
  • Casos 12, 13, 14 y 15: Reporte de la información relacionada con dividendos.
  • Casos 16 y 17: Reporte de la información relacionada con gastos pagados por anticipado.
  • Caso 18: Reporte de la información relacionada con obligaciones y gastos financieros.
  • Caso 19: Reporte de la información relacionada con programas de fidelización de clientes.
  • Casos 20 y 21: Reporte de la información relacionada con atenciones a clientes.
  • Caso 22: Reporte de la información relacionada con diferencia en cambio.
  • Caso 23: Reporte de la información relacionada con deterioro de cartera.
  • Caso 24: Reporte de la información relacionada con costos y gastos en aplicación de la norma de bancarización.
  • Casos 25 y 26: Reporte de la información relacionada con el impuesto de industria y comercio.
  • Casos 27 y 28: Reporte de la información relacionada con la deducción del artículo 107-2 del ET.
  • Casos 29, 30 y 31: Reporte de la información relacionada con rentas de trabajo, aportes a seguridad social y parafiscales.
  • Caso 32: Reporte de la información relacionada con saldos de cuentas bancarias e inversiones.
  • Casos 33 y 34: Reporte de la información relacionada con rentas exentas y exenciones de IVA.
  • Caso 35: Reporte de la información relacionada con pagos efectuados por contribuyentes del régimen simple.

En este formato se incluye un caso práctico en el que se utiliza la información reportada por terceros para facilitar el diligenciamiento de una declaración de renta del año gravable 2022, para una persona natural residente que obtuvo ingresos por rentas laborales. Lo anterior partiendo de que el formato 210 a utilizar por el año gravable 2022 tendrá la misma estructura que el empleado por el año gravable 2021.


Accede a la zona de complementos de esta publicación, donde podrás conocer las novedades normativas posteriores a su edición y descargar los 5 anexos en Excel que acompañan este libro.

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TABLA DE CONTENIDO

1.1 Origen de la información exógena

1.2 Valor probatorio de la información exógena

1.3 Normas con las que se ha solicitado la información exógena en los últimos años

  • Resumen normativo
    •  Panorama de cambios durante 2022 frente al reporte de información exógena del año gravable 2021
    • Contexto normativo para el reporte de información exógena por el año gravable 2022

2.1 Estructura de la Resolución 000124 de octubre 28 de 2021

2.2 Obligados a reportar exógena por el año gravable 2022

  • ¿Quiénes no se encuentran obligados a reportar exógena por el año gravable 2022?
  • ¿Quiénes estaban obligados a reportar exógena por el año gravable 2021?
  • Situaciones que se pueden presentar al definir la obligatoriedad de reportar exógena por el año gravable 2022

2.3 Plazos para presentar la información exógena del año gravable 2022

2.4 Tipos de contribuyentes y su responsabilidad frente al reporte de información exógena por el año gravable 2022

  • Entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Información que las entidades financieras deben reportar anualmente por períodos mensuales
    • Información de cuentas corrientes y/o de ahorros
    • Información de inversiones en certificados a término fijo y/u otros títulos
    • Información requerida a la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores –Deceval–
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Información que las entidades financieras y otras entidades deben reportar anualmente
    • Información sobre los consumos con tarjetas de crédito
    • Información sobre las ventas a través del sistema de tarjetas de crédito
    • Información sobre préstamos otorgados
    • Información de los fondos de inversión colectiva
    • Información de los fondos de pensiones obligatorias y fondos de pensiones, jubilación e invalidez y seguros privados de pensiones
    • Información de las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción –AFC– y aporte a cuentas de ahorro voluntario contractual –AVC–
    • Información de fondos de cesantías
    • Información que deben suministrar las bolsas de valores
    • Información que deben suministrar las comisionistas de bolsa
    • Información de las sociedades fiduciarias
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Información anual que debe ser reportada por las personas naturales, jurídicas y sus asimiladas, entes públicos y demás entidades
    • Información de socios, accionistas, comuneros, cooperados y/o asociados
    • Información sobre los pagos o abonos en cuenta y retenciones en la fuente practicadas
    • Información sobre las retenciones en la fuente que le practicaron
    • Información sobre los ingresos recibidos en el año
    • Información sobre el IVA descontable y generado y el impuesto al consumo
    • Información sobre el saldo de los pasivos a diciembre 31 de 2022
    • Información sobre los deudores de créditos activos a diciembre 31 de 2022
    • Información de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional
    • Información sobre ingresos recibidos para terceros
    • Información sobre las declaraciones tributarias
    • Información sobre descuentos tributarios e ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional
    • Información sobre los contratos de colaboración empresarial
    • Información de los estados financieros consolidados
    • Información de vinculados económicos
    • Información de las entidades controladas del exterior –ECE– sin residencia fiscal en Colombia
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Otras entidades: información que deben reportar anualmente
    • Información que deben suministrar las cámaras de comercio
    • Información que debe suministrar la Registraduría Nacional del Estado Civil
    • Información que deben suministrar los notarios
    • Información que deben suministrar las personas o empresas que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Información solicitada en virtud del artículo 631-3 del ET
    • Información de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y pensiones
    • Información del registro catastral, del impuesto predial unificado, del impuesto unificado de vehículos, del impuesto de industria, comercio y tableros y de resoluciones administrativas relacionadas con obligaciones tributarias del orden municipal o distrital
    • Información a suministrar por las entidades que otorgan, reconocen, cancelan o suspenden personerías jurídicas
    • Información de las propiedades horizontales
    • Información de concesiones y asociaciones público-privadas –APP–
    • Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada
  • Otra información a reportar
    • Información sobre la contratación de mujeres víctimas de la violencia comprobada
    • Información relacionada con el código único institucional –CUIN–
    • Información sobre donaciones recibidas y certificadas por entidades no contribuyentes
    • Información sobre la no causación del impuesto al carbono por certificación de carbono neutro
    • 2.4.7.5 Resumen sobre los requisitos de cuantía para que la información deba ser reportada

2.5 Aspectos a tener en cuenta para el diligenciamiento y la presentación de los formatos por el año gravable 2022

  • Registro en el RUT
    • Proceso de inscripción a través de las cámaras de comercio
    • Novedades en la inscripción en el RUT de acuerdo con el Decreto 678 de 2022
  • Registro de usuarios nuevos en el portal
  • Actualización del RUT
  • Generación del instrumento de firma electrónica
  • Pasos para la presentación del reporte de información exógena por el año gravable 2022
    • Tipo de información que no se debe reportar
    • Validaciones de los NIT en la página de la Dian
    • Descarga y uso del prevalidador para la presentación de los reportes de exógena
    • Proceso para el envío de archivos
    • Consulta de archivos enviados
    • Reemplazo de la solicitud anterior
  • Consulta del reporte de terceros en la página de la Dian
  • Relación del reporte de información exógena y las declaraciones tributarias
    • Corrección de declaraciones a partir de la revisión de la información exógena
  • Responsabilidad sobre la información reportada
    • Responsabilidad del contador público y el revisor fiscal frente al reporte de información exógena

2.6 Análisis de las novedades más relevantes del reporte de información exógena del año gravable 2022, introducidas por la Resolución 000124 de 2021

TAMBIÉN LEE:   Claves para presentar tu declaración de renta como persona natural

2.7 Régimen sancionatorio aplicable al reporte de información exógena por el año gravable 2022

  • Firmeza del reporte de información exógena
    • Conservación de los registros y soportes frente al reporte de información exógena
  • ¿Qué valores se deben tener en cuenta para liquidar las sanciones aplicables a la exógena?
  • Reducción de sanciones aplicable al reporte de información exógena
  • Caso en el que no aplica la liquidación de sanción
  • Ejercicios sobre la liquidación de sanciones relacionadas con el reporte de información exógena

2.8 35 Casos prácticos sobre el reporte de información exógena por el año gravable 2022

¿Cuáles son las principales dudas que resolverás con esta publicación?

El Libro Blanco Reporte de información exógena: obligados, plazos, formatos, conceptos e instrucciones para su presentación ante la Dian por el año gravable 2022,detalla los pormenores que deberán tener en cuenta los reportantes frente a la información exógena (antes conocida como medios magnéticos) por dicho período gravable, resolviendo así dudas como:

  • ¿Quiénes están obligados a reportar información exógena por el año gravable 2022?
  • ¿Qué formatos deben presentar cada tipo de reportantes por el año gravable 2022?
  • ¿Cuáles son las novedades en la información exógena por el año gravable 2022 respecto de las indicaciones que aplicaron por el año gravable 2021?
  • ¿Qué conceptos, cuantías y demás instrucciones se deben tener en cuenta para el diligenciamiento de los formatos de exógena por el 2022?
  • ¿Qué cambios se contemplan en el proyecto de resolución publicado por la Dian el 25 de enero de 2023 frente a la exógena del 2022?
  • ¿Qué cambios introdujo la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 al régimen sancionatorio aplicable a la exógena?
  • ¿Cuánto tiempo tiene la Dian para exigir o sancionar sobre inconsistencias en el reporte de información exógena por el año gravable 2022?

A continuación, algunas de las respuestas adicionales que podrás encontrar en el capítulo de preguntas frecuentes que incluye la publicación:

¿Qué personas naturales se encuentran obligadas a reportar información exógena o medios magnéticos por el año gravable 2022?

Los obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2022 se encuentran definidos en el artículo 1 de la Resolución 000124 de 2021. De esta manera, en lo que respecta a las personas naturales que deberán cumplir con este requerimiento es necesario evaluar si cumplen con las condiciones establecidas en cualquiera de los literales “d”, “f”, “h”, “j”, “n”, y “o”, así:

Literal

Condiciones

d)

Que la persona natural o asimilada (sucesión ilíquida) durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022 haya obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000 y que la suma de los ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y/o rentas no laborales durante el año gravable 2022 supere los $100.000.000; o que la persona natural, habiendo estado en el régimen simple de tributación por el año gravable 2022, durante el año gravable 2021 o en el año gravable 2022, sin importar el tipo de ingreso, haya obtenido ingresos brutos superiores a $500.000.000.

f)

Que la persona natural o asimilada haya estado obligada a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente a título del impuesto de renta, impuesto sobre las ventas IVA y timbre durante el año gravable 2022.

h)

Que la persona natural haya celebrado algún tipo de contrato de colaboración empresarial, tales como consocios, uniones temporales, contratos de mandato, administración delegada, contratos de exploración y explotación de hidrocarburos, gases y minerales, joint venture, cuentas en participación y convenios de cooperación con entidades públicas.

j)

Que la persona natural haya actuado como secretario general o haya hecho sus veces de los órganos que financien gastos con recursos del Tesoro Nacional.

n)

Que la persona natural haya actuado como notario.

o)

Que la persona natural se haya dedicado a la elaboración de facturas de venta o documentos equivalentes en el 2022.

Respecto de la evaluación de las condiciones de cada uno de estos literales, en lo que corresponde a los ingresos brutos debe entenderse tal definición como aquella que incluye todo tipo de ingresos ordinarios, extraordinarios y los correspondientes a ganancias ocasionales.

¿Las entidades que no tuvieron movimientos durante el año gravable 2022 se encuentran obligadas a presentar información exógena o medios magnéticos por dicho año?

Inicialmente se deben evaluar los requisitos establecidos en los literales del artículo 1 de la Resolución 000124 de 2021. En caso por ejemplo de que el reportante esté obligado a reportar información exógena por ser agente de retención a título de renta y en este sentido cumplir con lo dispuesto en el literal “f” del mencionado artículo, al tener que presentar los formatos 1001 o 2276 y de no haber efectuado pagos ni haber tenido empleados por el año gravable 2022, no habría lugar a la presentación de dichos formatos.

¿Las personas jurídicas que se hayan liquidado durante el 2022 deben presentar la información exógena o medios magnéticos por fracción de dicho año?

De acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 000124 de 2021, si una persona natural o jurídica canceló su RUT durante el año gravable 2022 porque decidió finalizar operaciones y liquidarse por sus pérdidas acumuladas, o en el caso de las personas naturales que murieron y durante 2022 se llevó a cabo la liquidación de la sucesión ilíquida, no deberán presentar información exógena por el año gravable 2022.

Con relación a este tema, en años anteriores, al menos hasta el año gravable 2018, sí se pedía información de la fracción del respectivo año gravable a aquellos contribuyentes que pretendieran cancelar su RUT en algún comento dentro del respectivo año gravable.

¿Cuál es la periodicidad de reporte de la información exógena o medios magnéticos por el año gravable 2022? ¿Cuáles son los plazos aplicables?

De acuerdo con la estructura de la Resolución 000124 de 2021, con la cual se solicitó la información exógena por el año gravable 2022, la periodicidad con la que debe reportarse esta información es de forma anual y anual con corte mensual. Esta última periodicidad aplica para la información que deben reportar las entidades financieras respecto de:

  • Información de cuentas corrientes y/o ahorros.
  • Información de inversiones en certificados a término fijo y/u otros títulos.
  • Información de la Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores –Deceval–.

Los demás reportantes presentan la información de forma anual, incluso los ejecutores de convenios de cooperación internacional que entregan información en el formato 1159, aun cuando las normas superiores que regulan dicho reporte establecen específicamente que este debe realizarse mensualmente a lo largo del mismo año como se había venido solicitando hasta los reportes del año gravable 2020.

Los plazos para cumplir con este requerimiento se encuentran establecidos en el artículo 46 de dicha resolución así:

a. Grandes contribuyentes

Último dígito

Fecha (en 2023)

1

2 de mayo

2

3 de mayo

3

4 de mayo

4

5 de mayo

5

8 de mayo

6

9 de mayo

7

10 de mayo

8

11 de mayo

9

12 de mayo

0

15 de mayo

b. Personas jurídicas y naturales

Últimos dígitos

Fecha (en 2023)

Últimos dígitos

Fecha (en 2023)

01 al 05

16 de mayo

51 al 55

31 de mayo

06 al 10

17 de mayo

56 al 60

1 de junio

11 al 15

18 de mayo

61 al 65

2 de junio

16 al 20

19 de mayo

66 al 70

5 de junio

21 al 25

23 de mayo

71 al 75

6 de junio

26 al 30

24 de mayo

76 al 80

7 de junio

31 al 35

25 de mayo

81 al 85

8 de junio

36 al 40

26 de mayo

86 al 90

9 de junio

41 al 45

29 de mayo

91 al 95

13 de junio

46 al 50

30 de mayo

96 al 00

14 de junio


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