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ACTUALIDAD  - 21 mayo, 2025

Es oficial: Dian modifica plazos para presentar la información exógena AG 2024


Aquí hablaremos sobre...

  • Nuevos plazos para presentar la información exógena AG 2024
  • Aplicación y aclaraciones

Dian expidió la resolución en la que se confirma la modificación transitoria de los plazos para presentar la información exógena AG 2024.

A través de la Resolución 000213 del 23 de mayo de 2025 la Dian ha modificado transitoriamente los plazos para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2024.

La medida aplica exclusivamente para los grandes contribuyentes cuyos NIT terminan en 9 y 0, con vencimientos previstos para el 12 y 13 de mayo de 2025, y para las personas jurídicas y naturales con fechas límite programadas entre el 14 de mayo y el 13 de junio de 2025.

La modificación de plazos se da en respuesta a la contingencia certificada por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología de la entidad, que informó sobre fallas técnicas que afectaron el acceso a los servicios para la presentación de declaraciones, trámites aduaneros y envío de información exógena tributaria.

Nuevos plazos para presentar la información exógena AG 2024

Para los grandes contribuyentes cuyos NIT terminan en 9 y 0, y que tenían fecha límite de presentación el 12 y 13 de mayo de 2025, el nuevo plazo propuesto para presentar la información exógena será hasta el 28 de mayo de 2025.

Para las personas jurídicas y naturales cuyos plazos límite de presentación estaban programados inicialmente entre el 14 de mayo y el 13 de junio de 2025, se propone un nuevo calendario que agrupa los vencimientos en función de los dos últimos dígitos del NIT, así:

Últimos dos dígitos del NIT Nueva fecha límite de presentación
01 a 10 28 de mayo de 2025
11 a 20 3 de junio de 2025
21 a 30 4 de junio de 2025
31 a 40 5 de junio de 2025
41 a 50 6 de junio de 2025
51 a 60 9 de junio de 2025
61 a 70 10 de junio de 2025
71 a 80 11 de junio de 2025
81 a 90 12 de junio de 2025
91 a 00 13 de junio de 2025

Aplicación y aclaraciones

Esta modificación no implica un cambio general en el calendario tributario, se trata de una propuesta específica aplicable únicamente a quienes se vieron afectados por la contingencia declarada el 12 de mayo de 2025.

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