A lo largo del 2013 nuestro investigador tributario pudo determinar en varias ocasiones el futuro de diferentes normatividades emitidas por la DIAN. Veamos algunas.
Cuantías mínimas para la retención del Impuesto a la equidad CREE. Inicialmente (entre mayo y agosto) esta retención se realizó con el direccionamiento del Decreto 862 de abril en donde la práctica era similar a la retención en renta ordinaria. Como lo anunciamos a tiempo en actualicese.co, seguir la norma y llevarla a la práctica era casi imposible por lo que desde finales de agosto la DIAN emitió el Decreto 1828 con el que se derogó el 862.Desde la emisión de este decreto se generó una inquietud relacionada con las “cuantías mínimas” ya que muchas personas confunden “bases y cuantías”.Con este decreto se inicio la práctica de que en la autorretención se debían tomar las mismas bases de la retención de renta.Para este caso oportunamente escribimos el 2 de septiembre nuestra opinión en el artículo: Gobierno fijó nuevo esquema de autorretención a título del CREE a partir de septiembre 1 de 2013. Veintiún días después la DIAN confirmó nuestra teoría emitiendo el Concepto No. 59385 de septiembre del 2013 y en el siguiente artículo lo confirmamos de la siguiente manera: DIAN confirma que en la autorretención del CREE no se toman en cuenta “cuantías mínimas”.
Valor de la UVT para el año 2014. Desde el 9 de octubre pudimos determinar que el valor de la UVT quedaría en $27.485,oo y así lo anunciamos en el portal: En $27.485 quedaría la UVT para el año gravable 2014 .El 31 de octubre la DIAN emitió la Resolución 227 con la que fija el valor por el año 2014, y el comunicado de prensa confirma el valor de la UVT con el valor ya establecido por actualicese.co.
Saneamiento patrimonial establecido en la Ley 1607 del 2013. Desde el 17 de julio pasado fue demandado el art. 163 de la Ley 1607 con el expediente D-9680 . Entre los argumentos que presentaron los autores de la demanda para pedir la inconstitucionalidad de dicha norma se afirma que este saneamiento fiscal viola los artículos 13 y 95 de la Constitución Nacional los cuales promulgan la igualdad entre todos los habitantes y la obligación de que todos contribuyamos con las cargas del Estado en condiciones de “justicia y equidad” (es decir, el que más tenga que más tribute).En el siguiente artículo denotamos que el saneamiento patrimonial que se otorgó con la Ley 1607 es similar a otros que en el pasado se dieron mediante diferentes reformas tributarias y que muy rápidamente fueron declaradas inexequibles por la Corte Constitucional: El saneamiento patrimonial de la Ley 1607 ya fue demandado por inconstitucional ante la Corte.Cuatro meses después la corte Constitucional nos dio nuevamente la razón, hecho que destacamos en el siguiente artículo: Corte declaró inexequible saneamiento patrimonial del art. 163, Ley 1607 de 2012.