Brevemente respondamos el siguiente interrogante. Si un contribuyente se inscribe este año 2014 como persona natural régimen común y con responsabilidad del IVA, ¿en qué periodo debe presentar ese IVA? ¿Es bimestral o cuatrimestral?
Cuando usted se inscribe por primera vez en el régimen común, sea porque nace una persona jurídica o porque antes una persona natural no era responsable del IVA o estaba en el régimen simplificado, la periodicidad para ese año será bimestral.
Lo anterior queda confirmado en al parágrafo del art. 600 del E.T.
Las declaraciones por el resto del 2014 serán bimestrales. Y cuando ya termine el 2014 hay que observar y analizar los ingresos y demás requisitos, porque para el año 2015 podría cambiar a una declaración cuatrimestral o anual.
De igual manera, los artículos 25 y 26 del Decreto 1794 de agosto de 2013 mencionan los cambios de periodicidad para las declaraciones del IVA