El Concejo Distrital de Santiago de Cali modificó el estatuto tributario de la ciudad, en temas relacionados con la tarifa del impuesto de industria y comercio en algunas actividades financieras.
Mediante el Acuerdo 0586 de 2024, el Concejo Distrital de Santiago de Cali modificó parcialmente el estatuto tributario de la ciudad. Esto, en aspectos relacionados con la tarifa del impuesto de industria y comercio en algunas actividades financieras.
En el 2022, mediante el Acuerdo 0529 de ese año, se modificaron las tarifas del impuesto de industria y comercio relacionadas con las actividades financieras. Allí, se estableció una tarifa del 23×1000 para actividades como las de los fondos de cesantías, de las cooperativas financieras, de los bancos comerciales, las de distribución de fondos, de compañías de financiamiento, entre otras.
Algunas de las tarifas allí reguladas, fueron modificadas por el Acuerdo 0586 de 2024, en donde se dispuso que algunas de las actividades financieras que tenían una tarifa del 23×1000, empezarían a gravarse con una tarifa inferior.
Estas actividades son las que se desarrollan por el Banco Central, los bancos comerciales, el banco segundo piso, y las que están relacionadas con el leasing financiero y con la compra de cartera o factoring.
A partir de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Distrito de Santiago de Cali, las actividades mencionadas estarán gravadas con una tarifa del 14×1000 para el impuesto de Industria y Comercio.
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