Un vehículo de la empresa, mientras ejercía sus labores, atropelló a un peatón. La empresa está demandada en 500 millones de pesos. La provisión pasiva genera un gasto no deducible en este periodo. ¿Es deducible este gasto cuando sea pagado y por lo tanto se debe calcular un activo por impuesto diferido?
Pregunta resuelta: 19 de noviembre 2024