Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Arrendadores de bienes raíces también pertenecen a la clasificación de trabajadores por cuenta propia?


¿Arrendadores de bienes raíces también pertenecen a la clasificación de trabajadores por cuenta propia?

De acuerdo a los proyectos de normas que la DIAN ha publicado en marzo y julio de 2014, las personas naturales que obtengan el 80% o más de sus ingresos ordinarios provenientes de la actividad de arrendamiento de bienes (código de actividad 6810) sí podrían pertenecer a la categoría de trabajador por cuenta propia y en caso de cumplir todos los requisitos se beneficiarían de poder usar la ventajosa declaración del IMAS en el formulario 240. Sin embargo, en la opción virtual para el diligenciamiento de dicho formulario les hace falta incluir ese código de actividad económica.

El Dato (haz click en la imagen para ampliar)

El Dato (haz click en la imagen para ampliar)

Tanto en el “proyecto de resolución publicado en marzo de 2014” como en el “proyecto de decreto publicado en julio de 2014” (proyectos de norma con los que se pretende efectuar la homologación de los tipos de códigos de actividades económicas que ayudarían a precisar si una persona natural explota o no alguna de las 16 actividades económicas mencionadas de forma muy genérica dentro art. 340 del E.T. y con eso poder o no clasificarse en la categoría tributaria de “trabajador por cuenta propia”), se ha podido observar que el gobierno ha terminado por incluir el código de actividad “6810-Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados”.

Los proyectos de norma antes mencionados indicarían que ese código 6810  y otros treinta y un códigos diferentes más serían los que identificarían que una persona natural sí estaría desarrollando la actividad de “Servicios Financieros” mencionada en el art. 340 del E.T.

Por consiguiente, si la norma final termina siendo aprobada de esa forma se diría que una persona natural que obtenga el 80% de sus ingresos brutos ordinarios provenientes del arrendamiento de sus bienes raíces, y a la vez cumple con todos los demás requisitos del art. 3 del decreto 3032 de diciembre de 2013, sí se podría beneficiar de poder presentar su declaración en el ventajoso formulario 240 diseñado para liquidar el  IMAS (Impuesto mínimo alternativo simple) de los trabadores por cuenta propia

El formulario 240 les produce en todos los casos un impuesto de renta mucho menor que si decidieran presentar la declaración en el tradicional formulario 210 todo por causa de las tarifas de impuesto tan pequeñas que se mencionan dentro del art. 340 del E.T. y que se utilizan en el formulario 240 en comparación con lo que serían las tarifas del tabla del art. 241 y que se usarían en el formulario 210.

El Formulario virtual de la DIAN no está incluyendo el código 6810

Pese a lo anterior, es importante destacar que en la nueva opción virtual para diligenciamiento de formularios de declaraciones de renta 2013 de personas naturales que la DIAN estrenó el 11 de julio de 2014 (y con el cual se pueden diligenciar los formularios 110, ó 210, ó 230, ó 240 sin ni siquiera tener creadas cuentas de usuario en el portal de la DIAN), cuando se pretende trabajador con un formulario 240 (IMAS de los trabajadores por cuenta propia), al momento de escoger el “código de actividad económica” en la casilla 24 (y que es el dato más importante con el cual luego el sistema de la DIAN liquidará el impuesto automáticamente en el renglón 48), allí no se incluye la posibilidad de utilizar el código “6810-Actividades inmobiliarias” tal como lo demuestra la siguiente captura de pantalla:

dian

 

Por tanto, sabiendo que los vencimientos de las declaraciones de renta año gravable 2013 de personas naturales empezarán a producirse a partir del 12 de agosto de 2014, es muy urgente que el gobierno por fin defina la norma oficial con la homologación de los códigos de actividades económicas que identificarán a los trabajadores por cuenta propia y que la DIAN entonces ajuste todas sus plataformas virtuales a dicha homologación.

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