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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Derecho a la intimidad de los consumidores: ¿qué establece la ley «dejen de fregar»?


Derecho a la intimidad de los consumidores: ¿qué establece la ley "dejen de fregar"?
Actualizado: 31 julio, 2023 (hace 1 año)

Con la ley “dejen de fregar”, los bancos deberán regular los horarios de llamadas a sus clientes.

Podrán realizar un máximo de dos llamadas por semana, sin importar cuántos canales de contacto haya proporcionado la persona.

Habrá sanciones de la Superfinanciera y la Superintendencia de Industria y Comercio.

El Gobierno nacional sancionó la Ley 2300 del 10 de julio de 2023, conocida como «dejen de fregar», a través de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores.

El objetivo de esta nueva normativa es establecer los canales autorizados, el horario y la periodicidad en la que los consumidores pueden ser contactados por las entidades vigiladas por la Superfinanciera y, de igual forma, por todas las personas naturales y jurídicas que realicen gestiones de cobranza de forma directa o por medio de terceros.

La ley también regula el contacto de empresas que envían publicidad usando bases de datos con fines comerciales, sin previa autorización de los usuarios.

“La ley busca ser un salvavidas para los consumidores que se pueden sentir acosados por las llamadas con fines comerciales”

El plazo para que entre en vigor es de máximo tres meses luego de ser sancionada (octubre de 2023).

La ley busca ser un salvavidas para los consumidores que se pueden sentir acosados por las llamadas con fines comerciales o con correos electrónicos, mensajes de texto y cualquier otro medio de acercamiento con el usuario, los cuales tendrán restricciones.

Ojo a la reducción en el número de llamadas

  • Los gestores de cobranza solo podrán contactar a los usuarios mediante los canales que estos autoricen, únicamente de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y los sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m.
  • Máximo, a la semana, se podrán realizar dos llamadas, independientemente de si la persona proporcionó varios canales de contacto.
  • Entre el Ministerio de las TIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones se creará un registro de números excluidos, en el que se inscribirán los consumidores que no deseen recibir llamadas, mensajes, correos electrónicos o cualquier otro tipo de contacto.
  • Las empresas que incumplan con lo estipulado y violen la privacidad de los usuarios recibirán sanciones por parte de la Superfinanciera y la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, dependiendo del caso.
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¿Para cuáles casos no aplica la normativa?

Las entidades financieras sí podrán contactar a sus clientes por fuera de los días y horarios establecidos cuando se trate de:

  • Enviar información pedida por el cliente o generar alertas sobre transacciones fraudulentas, inusuales o sospechosas.
  • Informarle sobre la confirmación oportuna de sus operaciones monetarias realizadas sobre ahorros voluntarios y cesantías.

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