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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo de aportes a seguridad social integral de trabajadores independientes en 2023


trabajadores independientes
Actualizado: 17 abril, 2023 (hace 2 años)

Los trabajadores independientes tienen la obligación de efectuar el pago de los aportes al sistema general de seguridad social integral, siempre que se su ingreso base de cotización –IBC– sea superior a un salario mínimo mensual legal vigente.

El ingreso base de cotización –IBC– es el monto de los ingresos percibidos mensuales que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte respectivo al momento de realizar la cotización a los diferentes subsistemas que conforman el sistema general de seguridad social integral. La base mínima de cotización es, en todos los casos, de 1 smmlv y máximo de 25 smmlv.

En el siguiente video, la Dra. Angie Marcela Vargas indica que la Ley 2277 de 2022 establece cómo se calculan los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes. A su vez, menciona los tipos de trabajadores independientes, los cuales se clasifican en: trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios e independientes por cuenta propia o, con contratos diferentes al de prestación de servicios.

Así pues, para los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios, el artículo 89 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, al igual que el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, establece que los aportes se seguirán efectuando sobre el 40 % del valor mensualizado del contrato, sin incluir el IVA. Cabe resaltar que estos aportes se realizarán al mes vencido, según lo señalado en dicho artículo.

Por su parte, los independientes por cuenta propia y los otros trabajadores independientes, que reciban ingresos superiores a un salario mínimo realizarán su aporte sobre la base del 40 % de sus ingresos mensualizados sin incluir el IVA, teniendo en cuenta que estos independientes pueden deducir previamente los costos y gastos en los que hayan incurrido para realizar alguna actividad; así:

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