Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Liquidador] Cálculo de la contribución 2018 a Supersociedades


Actualizado: 25 julio, 2018 (hace 6 años)

Con la expedición de la Resolución 514-000549 de 2018, se fija el monto de la contribución que deben realizar las entidades a favor de la Superintendencia de Sociedades. Para el cálculo de dicha contribución, se debe tener en cuenta el valor total de los activos a diciembre 31 de 2017.

De acuerdo con el texto de la Resolución 514-000549 de julio 16 de 2018, expedida por la Superintenendencia de Sociedades, las sociedades obligadas al pago de la contribución para gastos de funcionamiento año 2018 a favor de la superintendencia en mención, utilizarán como base para el cálculo de dicha contribución el valor total de sus activos a diciembre 31 de 2017. El cálculo de tal valor a aportar, dependerá de la condición jurídica en la que se halle la sociedad obligada a hacer la contribución.

Una vez que se efectúa el cálculo respectivo, el monto de la contribución final que liquide cada sociedad no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual vigente ($781.242), pero tampoco deberá ser superior a $1.195.432.600 (esta última cifra se obtiene de aplicar el 1 % al monto total de contribuciones que, se estimó, llegará a recibir la Supersociedades para sus gastos de funcionamiento por el 2018; véanse los considerandos cuarto y quinto de la resolución).

Por tal motivo, la presente herramienta tiene como propósito facilitar las depuraciones que se tendrán que hacer por parte de las sociedades obligadas a efectuar la contribución del año 2018 a la Superintendencia de Sociedades, dependiendo de la condición jurídica en la que se encuentre dicha entidad.

Cálculo de la contribución 2018 a Supersociedades

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