La Resolución 000165 de 2023 realizó cambios a la factura electrónica 2024 y los documentos equivalentes en Colombia.
Por tanto, a partir de febrero de 2024 deberán convertirse los actuales documentos equivalentes que se expiden en papel a nuevos documentos equivalentes electrónicos.
En la última actualización de la Dian, se establecen cambios significativos en el sistema de facturación electrónica, así como la inclusión de nuevos documentos equivalentes electrónicos.
Es importante precisar que el sistema de facturación comprende un conjunto de funcionalidades diseñadas para facilitar la interacción de la factura electrónica 2024, los documentos equivalentes y los documentos electrónicos determinados por la Dian (artículo 2 de la Resolución 000165 de 2023).
A continuación, el Dr. Luis Hernando Valero explica recientes cambios implementados por la Dian ante la facturación electrónica en:
La implementación de nuevos documentos equivalentes electrónicos presenta desafíos y plazos específicos para diferentes tipos de transacciones.
Por lo que, actualmente la Dian ha venido avanzando en la implementación de documentos electrónicos de la siguiente manera:
No obstante, la Dian sigue trabajando para implementar documentos electrónicos para retenciones, patrimonio e inversiones, para sistematizar el 100 % de los documentos soporte.
Estos documentos, para efectos comerciales, contables y tributarios, se centralizan así:
El sistema de facturación electrónica está fundado en cuatro elementos básicos:
De acuerdo a la Dian, en el sistema de factura electrónica con validación previa, encuentras el ingreso a «facturando electrónicamente» y en la opción «documento» con los datos de CUFE «Código Único de Factura Electrónica» se puede consultar la factura y su validación.
El impuesto de renta por compras realizadas a través de FE puede ser deducido hasta el 1 % del valor de las adquisiciones, sin exceder 240 UVT en el respectivo periodo gravable.
En el caso de nuevos eventos obligatorios de facturación electrónica con compras a plazos debemos tener en cuenta los siguiente:
La Dian tiene habilitados varios canales de denuncias públicos entre ellos el más usado es WhatsApp, donde los contribuyentes podrán:
Los impuestos saludables requieren ser discriminado dentro de la factura electrónica de venta, teniendo en cuenta que las condiciones, mecanismos técnicos y tecnológicos que deberán atenderse de acuerdo a los señala do en el “Anexo técnico de factura electrónica de venta” en su versión 1.9, el “Anexo técnico del documento equivalente electrónico” en su versión 1.0 y se dictan otras disposiciones en materia del sistema de facturación. que hará parte integral de la Resolución 000165 de 2023. Teniendo en cuenta los siguientes códigos:
Las tablas de valores van a estar referenciadas en las cajas de herramientas que suministra la Dian a través de sus canales, con el fin de lograr flexibilidad para incluir o eliminar referencias que se modifican en el tiempo, sin la necesidad de tener que generar una nueva resolución. (Cambio realizado por de la Resolución 000165 de 2023).
De acuerdo con la normativa y doctrina de la Dian, el proceso de un proveedor tecnológico es habilitarse nuevamente como proveedor teniendo en cuenta los requisitos los 15 requisitos que establece el Decreto 1625 de 2016 para que la Dian le autorice prestar servicios como facturador electrónico.
El artículo 15 de la Resolución 000165 de 2023 aborda los 12 documentos equivalentes a factura actualmente autorizados (como tiquetes POS, extractos bancarios, peajes, boletas de transporte aéreo o terrestre, boletas de cine, entre otros), sin embargo, se observa un cambio significativo en la presentación, ya que, pasan a ser documentos electrónicos, por tanto, el comprador que así lo necesite deberá pedir al vendedor que le cambie documento por una factura electrónica de venta.
Ahora bien, la Dra. Luisiana Sierra explica, el marco normativo, etapas obligatorias del proceso y calendario de implementación de facturación electrónica, en:
El marco normativo que comprende la facturación electrónica es:
Decreto 358 de 2020: aspectos relacionados con el sistema de facturación y los proveedores tecnológicos, entre otros.
Resolución 000042 de 2020 (derogada): se desarrollan los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, el registro de la factura electrónica de venta como título valor, se expide el anexo técnico de factura electrónica de venta
Ley 2155 de 2021: el artículo 13 infiere que el sistema de facturación comprende la factura de venta y los documentos equivalentes. Así mismo, hacen parte del sistema de factura todos los documentos electrónicos que sean determinados por la Dian.
Todos los documentos electrónicos que hacen parte del sistema de facturación, en lo que sea compatible con su naturaleza, deberán cumplir con las condiciones establecidas en el Estatuto Tributario o la ley que los regula, así como las condiciones establecidas por la Dian.
Decreto 442 del 2023: reglamentación de la facturación electrónica
Resolución 000165 de 2023: actualización de la reglamentación de la facturación electrónica (obligados, requisitos, plazos).
La Resolución 000165 de 2023 derogó la anterior Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, está compuesta por 70 artículos distribuidos en 62 páginas, acompañados de dos anexos técnicos que suman 2.126 páginas.
Así se dispersa el calendario de implementación de facturación electrónica:
Calendario para la implementación del documento electrónico POS
Grupo 1 | Fecha para la implementación electrónica del documento | Calidad del contribuyente de renta y complementarios |
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1 | 1 de mayo de 2024 | Grandes contribuyentes. |
2 | 1 de junio de 2024 | Declarantes del impuesto sobre la renta que no tengan la calidad de grandes contribuyentes. |
3 | 1 de julio de 2024 | No declarantes del impuesto de renta. |
Sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas. |
Calendario para otros documentos equivalentes
Documento equivalente electrónico | Fecha máxima de implementación electrónica del documento |
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Servicios públicos domiciliarios | 1 de agosto de 2024 |
El tiquete de transporte de pasajeros | 1 de agosto de 2024 |
El extracto | 1 de agosto de 2024 |
El tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros | 1 de septiembre de 2024 |
La boleta, fracción, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados. | 1 de septiembre de 2024 |
El documento en juegos localizados | 1 de septiembre de 2024 |
El documento expedido para cobro de peajes | 1 de octubre de 2024 |
El comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores. | 1 de octubre de 2024 |
El documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities. | 1 de octubre de 2024 |
La boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas y otros espectáculos públicos. | 1 de noviembre de 2024 |
La boleta de ingreso a cine | 1 de noviembre de 2024 |
Luis Hernando Valero
Es Economista con maestría en Tributación y especialización en Finanzas. Experto en sistemas de facturación. Actualmente se desempeña como subdirector de Factura Electrónica y Soluciones Operativas en la Dian.
Luisiana Sierra
Es Contadora Pública, especialista en Tributación, master en Fiscalidad Internacional de la Universidad Internacional de la Rioja, Diplomado en NIIF, Líder en Actualizaciones tributarias, Socio Regional Barranquilla de la firma Audit & Consulting Services S.A.S.