Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo se determina el patrimonio del año anterior de una persona natural que no estuvo obligada a declarar?


¿Cómo se determina el patrimonio del año anterior de una persona natural que no estuvo obligada a declarar?

Para el año gravable 2012 se debía tener un patrimonio inferior a $117.220.500 para no estar obligado a declarar. Si lo superó debió haber declarado, pero ya existe una extemporaneidad.

Cuando la legislación tributaria le dice que está obligado a declarar por patrimonio es porque tiene un patrimonio igual o superior a 4.500 UVT.

Al hablar de 4.500 UVT equivale a un valor de $120.784.500 para el 2013 y $123.682.500 para el 2014. Entonces para no estar obligado a declarar, usted debió tener un patrimonio inferior a 4.500 UVT, que convertido a la UVT del año 2012 debía ser inferior a $117. 220.500.

Este valor es el que tiene el año anterior. Entonces lo que debe hacer es observar cuánto vale su bien. Si es una casa, por ejemplo, tiene la escritura o el avalúo catastral porque debe declararlo por el mayor valor entre lo que le valió o lo que tiene el costo fiscal o el valor del avalúo catastral.

De esta manera determina su patrimonio. Viendo que no haya superado 4.500 UVT a diciembre 31 de 2012. Si lo superó estaba obligado a declarar y entonces ya hay un error que es la extemporaneidad con la declaración de 2012.

Si no lo superaba entonces no debía declarar pero adicionalmente tenía que cumplir con los requisitos de ingresos que pedía la ley, que en ese año no eran las 1.400 UVT de ahora sino que si era independiente eran 3.300, si era asalariado eran 4.073 y si era trabajador con ingresos menores eran 1.400. Hay que revisar por qué no estaba obligado a declarar.

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