Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Complementos del Libro Blanco: Mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022


Complementos del Libro Blanco: Mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022
Actualizado: 15 febrero, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Contexto del mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022
  • Contenido de la publicación
  • Novedades posteriores a marzo 4 de 2022

Aquí encontrarás los 14 anexos en Excel del Libro Blanco sobre el mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022 en su segunda edición, además de los cambios normativos posteriores a la publicación.

 
Última actualización: septiembre 21 de 2022

El mecanismo de retención en la fuente es la herramienta de recaudo tributario por excelencia utilizada por el Estado para prever de manera gradual el pago de los impuestos; además, constituye para las personas jurídicas y naturales un elemento fundamental para su planeación tributaria.

Contexto del mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022

En cuanto al contexto normativo que se deberá atender para la aplicación del mecanismo de retención en la fuente por el 2022, será en términos generales el mismo que aplicó para el 2021. Sin embargo, se deberá ahondar en algunas de las novedades que acontecieron en dicho año y que se relacionan con este requerimiento:

Novedades retención en la fuente por el año gravable 2022

Contenido de la publicación

De esta manera, el Libro Blanco Mecanismo de retención en la fuente, conceptos, bases mínimas, tarifas y procedimientos aplicables para personas jurídicas y naturales, en su 2.ª edición por el año gravable 2022, se constituye como un manual de consulta permanente que presenta ejemplos, cuadros comparativos, infografías, tips tributarios, así como respuestas a preguntas frecuentes y normativa relacionada bajo un lenguaje de fácil comprensión, que se complementan con 14 anexos en Excel, en los cuales se aborda información relevante sobre esta estructura temática.

A continuación, una breve descripción sobre los anexos mencionados:

 

Nombre del archivo

Descripción

1. Certificado de ingresos y retenciones por el año gravable 2021 – Formulario 220 (sujeto a fecha de expedición por parte de la Dian)

Esta plantilla es útil para la elaboración del certificado de ingresos y retenciones por el año gravable 2021, que deberá entregarse a más tardar el 31 de marzo de 2022 de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.6.1.13.2.40 del DUT 1625 de 2016 luego de la modificación efectuada por el artículo 1 del Decreto 1778 de 2021.

 2. Ejercicios de retención en la fuente a título de renta e IVA entre regímenes

En este archivo se destacan las reglas generales que se deben tener en cuenta al momento de practicar las retenciones a título de dichos impuestos frente a la calidad de autorretenedores, grandes contribuyentes, responsables y no responsables de IVA, ejemplificando la procedencia de tales retenciones en operaciones de compra entre dichos sujetos. De igual manera, se enuncian las pautas generales de casos que se pueden presentar en operaciones donde intervienen contribuyentes del régimen simple.

3. Ejercicios sobre la determinación de la residencia fiscal por los años 2021 y 2022 En este archivo se enuncian diversos ejemplos que detallan la forma en que deben calcularse e interpretarse los días de permanencia para identificar si una persona natural es residente para efectos fiscales por los años 2021 y 2022.

4. Tabla de retención en la fuente aplicable por el 2022

En esta tabla se incluyen las tarifas de retención en la fuente a título de renta para 2022 en compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros.

5. Ejercicios sobre la importancia de calcular la retención en la fuente a título de renta

En este archivo se ejemplifica la importancia que tiene el cálculo de la retención en la fuente dentro de la tributación de personas naturales y jurídicas. Para ello se detalla el impacto en la determinación del anticipo de renta del año siguiente y un caso específico sobre los efectos en el cálculo del impuesto de renta de un profesional independiente que ha tenido varias asesorías durante el año. Estos ejercicios contienen escenarios para el año gravable 2022.

6. Procedimiento 1 de retención en la fuente por rentas de trabajo y no laborales

En este archivo se encuentra el desarrollo de 5 casos relacionados con la aplicación del procedimiento 1 para el año gravable 2022:

a. Un asalariado.

b. Una persona natural sin vínculo laboral que no contrata dos trabajadores o más.

c. Una persona sin vínculo laboral que contrata un trabajador por más de 90 días.

d. Una persona sin vínculo laboral que contrata más de dos personas por un término superior a 90 días.

e. La retención en la fuente sobre la prima de servicios.

7. Procedimiento 2 de retención en la fuente sobre salarios

En este archivo se desarrollan 2 casos sobre el cálculo del porcentaje fijo de retención y la aplicación del procedimiento 2 para un asalariado. De esta manera, se ejemplifica el cálculo de dicho porcentaje para:

a. Diciembre de 2021 (porcentaje aplicable de enero a junio de 2022).

b. Junio de 2022 (porcentaje aplicable de julio a diciembre de 2022).

 

8. Retención en la fuente por concepto de pensiones

En este archivo se desarrollan dos casos acerca del procedimiento que debe llevarse a cabo para calcular la retención en la fuente a título de renta por concepto de pensiones, teniendo en cuenta la indicación del numeral 5 del artículo 206 del ET, frente al valor que debe considerarse exento por el año gravable 2022.

9. Retención en la fuente por concepto de indemnización laboral

En este archivo se desarrolla un caso sobre el cálculo de la retención en la fuente a título de renta por concepto de una indemnización laboral a causa de un despido injustificado para el año 2022.

10. Ejercicios sobre la aplicación de la retención en la fuente a título de renta por honorarios, servicios y arrendamientos

En este archivo se ejemplifican casos del cálculo de la retención en la fuente a título de renta por concepto de honorarios y servicios, precisando pautas que deben identificarse para la aplicación de la retención por cada tipo de ingreso y lo relacionado con los obtenidos por arrendamientos para el año gravable 2022.

11. Retención en la fuente a título de renta por concepto de dividendos y participaciones en 2022 luego del Decreto 1457 de 2020

Este archivo contiene la aplicación de las últimas directrices de la Ley 2010 de 2019 y la reglamentación efectuada bajo el Decreto 1457 de noviembre 12 de 2020 en materia del cálculo de la retención en la fuente en relación con los dividendos y participaciones repartidos en 2022, originados a partir de utilidades de los años 2016 y anteriores, y 2017 y siguientes, según diferentes tipos de beneficiarios del pago o abono en cuenta, así:

a. Dividendos y participaciones recibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes.

b. Dividendos y participaciones recibidos por sociedades nacionales.

c. Dividendos y participaciones recibidos por sociedades extranjeras y personas naturales no residentes.

d. Situaciones especiales frente al tipo de sociedad que reparte el dividendo (régimen CHC, megainversiones, régimen simple o sociedad del exterior).

En este archivo también se ilustra una plantilla para determinar el máximo valor de los dividendos a ser distribuidos como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional de conformidad con los artículos 48 y 49 del ET.

12. Retención en la fuente a título de renta y cálculo del IVA en facturas con AIU.

En este archivo se ejemplifican cuatro casos sobre el cálculo de la retención en la fuente a título de renta y el cálculo del IVA en facturas con AIU por el 2022, contextualizados para entidades que prestan el servicio integral de cafetería y aseo, para las que prestan servicios temporales de empleo, para aquellas que llevan a cabo contratos de construcción y aquellas que prestan los servicios de vigilancia.

13. Formulario 350 por el año gravable 2022 (Plantilla avanzada)

Esta plantilla facilita la preparación de la declaración mensual de retención en la fuente durante el 2022 según la versión expedida bajo la Resolución 000009 de febrero 5 de 2021.

14. Ejercicios sobre el cálculo de sanciones.

En este archivo se desarrollan algunos ejemplos sobre la aplicación del régimen sancionatorio frente al mecanismo de retención en la fuente por el año gravable 2022.

TAMBIÉN LEE:   Retención de IVA a prestadores de servicios desde el exterior no contemplará cuantías mínimas

Descarga aquí los 14 anexos del Libro Blanco Mecanismo de retención en la fuente: conceptos, bases mínimas, tarifas y procedimientos aplicables para personas jurídicas y naturales (10,5 MB aproximadamente).

Novedades posteriores a marzo 4 de 2022

  1. Consejo de Estado señaló la validez probatoria de la declaración de retención en la fuente presentada sin pago: mediante la Sentencia 25625 de marzo 17 de 2022 el Consejo de Estado hizo referencia al caso de una entidad que presentó dos declaraciones de retención en la fuente sin pago total. Estas fueron fiscalizadas por la Dian, quien profirió una liquidación oficial determinando el total de retenciones más sanciones por inexactitud por el 160 % de la diferencia entre las retenciones declaradas y las determinadas en las liquidaciones oficiales.

La entidad demandó que dichas declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago se entienden nulas, alegando que no se tuvo en cuenta el pago parcial de las declaraciones, por lo que resultaban ineficaces en los términos del artículo 580-1 del ET. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que el objetivo de dicho artículo no restringe las potestades investigativas y probatorias que pueda realizar la Dian. Adicionalmente, sustentó que la Dian no solo tomó como base para la liquidación oficial las declaraciones ineficaces, sino también datos provenientes de:

  • La información exógena presentada por la entidad y por terceros.
  • Las visitas de inspección tributaria en las que no se exhibió la contabilidad.
  • La declaración juramentada de la revisoría fiscal.

Dado lo anterior, se determinó que todos estos elementos probatorios constituyen el respaldo suficiente para que la actuación de la Dian sea declarada legal, pues, a pesar de la ineficacia de las declaraciones de retenciones en la fuente, algunos documentos poseen información de relevancia y pueden usarse como punto de partida de la Dian para iniciar procesos de fiscalización.

  1. Dian reconsidera doctrina sobre la calidad de exportador para efectos de determinar la periodicidad del IVA: a través del Concepto 064 de mayo 13 de 2022 la Dian reconsideró el Oficio 034722 de diciembre 20 de 2016 en lo concerniente a la argumentación realizada a partir del principio de seguridad jurídica para exigir la presentación bimestral de las declaraciones de IVA a quien ha informado la calidad de exportador en el RUT, ya sea que hubiese realizado o no una exportación en el transcurso del año. En el concepto referenciado se enuncian varios escenarios para ejemplificar este tema.
  2. Retención por laudos arbitrales fue declarada inexequible: mediante la Sentencia C-161 de mayo 11 de 2022, la Corte Constitucional declaró inexequible por segunda vez el cobro de la retención a título de laudos arbitrales que se reportaba en la casilla 84 del formulario 350.

    Debe tenerse en cuenta que inicialmente esta norma estuvo contenida en el artículo 364 de la Ley 1819 de 2016 y fue declarada inexequible mediante la Sentencia C-084 de 2019 por vicios en los trámites que dieron lugar a su aprobación.

    Luego, dicha retención se incluyó en el artículo 130 de la Ley 1955 de 2019, norma mediante la cual se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo para los años 2018 a 2022, pero, como se indicó, fue declarada inexequible mediante la Sentencia C-161 de 2022 por violación en el principio de unidad de materia y por destinación indebida del tributo.

  3. Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del convenio para evitar la doble tributación entre Colombia y Japón: a través de la Sentencia C-187 de junio 1 de 2022, la Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del convenio (y su protocolo) entre Colombia y Japón para eliminar la doble tributación respecto a los impuestos sobre la renta y para prevenir la evasión y elusión tributarias. El convenio y su protocolo se suscribieron en Tokio el 19 de diciembre de 2018, cuya aprobación se dio mediante la Ley 2095 de julio 1 de 2021.
  4. Dian se pronunció respecto a ciertos aspectos relacionados con la declaración de retención en la fuente: mediante el Concepto 911 de 2022 la Dian se pronunció respecto a ciertos aspectos relacionados con la declaración de retención en la fuente, entre los cuales se destacan: ¿puede proferirse un acto administrativo para dar de baja declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago?, si se presenta sin pago una declaración de retefuente y luego se presenta otra con pago ¿podría darse de baja la primera? y ¿es posible corregir sin sanción una declaración de retención en la fuente en un período equivocado?.

 

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