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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contaduría General de la Nación actualizará requisitos y plazos para entidades que le reportan información


Contaduría General de la Nación actualizará requisitos y plazos para entidades que le reportan información
Actualizado: 6 octubre, 2023 (hace 1 año)

Con un proyecto de resolución, la Contaduría General de la Nación derogaría la Resolución 706 de 2016 y busca establecer nuevos parámetros para las entidades contables públicas.

La Contaduría General de la Nación -CGN- ha publicado un proyecto de resolución a través del cual actualizaría los plazos, requisitos y características de la información que reportan las entidades contables públicas a esta entidad.

El proyecto define las categorías de información para el reporte a la CGN: Información Contable Pública – convergencia (ICPC); Evaluación del Control Interno Contable (ECIC); y, Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME).

Por otra parte, el Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) es el único medio de reporte oficial de las categorías enunciadas en el artículo 2° de la presente resolución.

Cabe destacar que, el Representante Legal y el Contador Público que tenga a su cargo la contabilidad de la entidad, y en los casos que aplique el Revisor Fiscal, serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los requisitos, plazos y características para el reporte de la información a la CGN.

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