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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¡Descarga nuestro primer informe especial del año! Datos, cifras, fechas y normas para iniciar 2022


Presentamos nuestro primer informe especial del año 2022
Actualizado: 20 enero, 2022 (hace 3 años)

Actualícese expone los datos clave en un informe especial que te permitirán estar capacitado para afrontar los retos de este nuevo ciclo.

El 2022 trae nuevas disposiciones y responsabilidades en materia laboral, comercial, de impuestos, contable y de revisoría fiscal.

La mejor manera de iniciar el año es que tengas a la mano nuestro informe especial con los datos clave sobre las responsabilidades del contador público a lo largo de este nuevo año en los diferentes campos de la profesión. A continuación, listamos algunos de los más importantes.

Fechas para tener en cuenta en materia de impuestos al inicio de 2022

  • Plazo para transmitir la nómina electrónica de diciembre de 2021: 10 primeros días de enero.
  • Documento soporte en compras con no obligados a facturar: es electrónico a partir del 31 de enero.
  • Plazo máximo para transmitir nómina electrónica para empleadores con hasta 10 trabajadores: de los meses de diciembre de 2021 y enero y febrero de 2022, podrán transmitir la nómina los 10 primeros días de marzo.
  • Plazo máximo para expedir certificados de retención por el año gravable 2021: hasta el 31 de marzo.

Encuentra también valores importantes sobre obligaciones fiscales, algunas de estas son:

  • La UVT para 2022.
  • Límites de ingresos brutos para ser responsable del IVA.
  • Límite de contratos por venta de bienes o prestaciones de servicios gravados para ser responsable del IVA.
  • Ingresos brutos al 31 de diciembre de 2021 para declarar y pagar el IVA cuatrimestralmente.
  • Patrimonio a partir del cual una persona natural está obligada a declarar renta por el año gravable 2021.
  • Los porcentajes de renta presuntiva para el año gravable 2022; la tarifa general del IVA y la retención en la fuente a título de IVA; de las rentas laborales exentas del impuesto de renta, etc.

Para no olvidar

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