Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.
¿Las personas naturales profesionales independientes que son prestadores de servicios también deben elaborar documentos soporte para sus costos y deducciones?
Pregunta resuelta 13 de octubre de 2022
En este video, el conferencista Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, indica todas las personas naturales profesionales independientes que necesiten restar costos y gastos en su declaración de renta tendrán que recurrir al documento soporte en compras a los no obligados a facturar cuando hagan compras a otras personas naturales que no expidan factura.
Si quien está pagando es un facturador electrónico, es decir, si factura electrónicamente sus ventas, debe realizar el documento soporte de forma electrónica; pero si quien está pagando no es alguien obligado a facturar electrónicamente, dicho documento soporte en compras a los no obligados a facturar puede elaborarse en papel, según lo dispuesto en el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, además del artículo 1.6.14.12 del Decreto Único Tributario 1625 de 2016 y la Resolución 000167 de diciembre de 2021, que contiene los requisitos de la elaboración del documento soporte en compras para no obligados a facturar que se realiza en papel.