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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estados financieros intermedios: ¿con cifras de qué corte se deben comparar?


estados financieros intermedios

Aquí hablaremos sobre...

  • Estado de situación financiera intermedio comparativo trimestral
  • Estado de resultado integral intermedio comparativo trimestral
  • Estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio intermedio comparativo

Los estados financieros intermedios deben ser presentados con cifras comparativas de períodos anteriores con el fin de incrementar su utilidad a los usuarios de la información financiera.

Presentamos en este editorial el período de comparación para cada uno de los informes de períodos intermedios.

Un informe intermedio es aquel que ha sido elaborado con corte inferior a un año; este tiene por objetivo contar con información detallada sobre la entidad en el momento en que sea requerida.

La presentación de información condensada es permitida por la NIC 34 para los estados financieros de períodos intermedios, esto supone un conjunto de estados financieros básicos que contiene información resumida a la fecha de los estados financieros por cada grupo de partidas, niveles o subtotales.

Ahora bien, en la presentación de los estados financieros intermedios deberá tenerse en cuenta que deben ser comparativos con cifras de períodos pasados. Al respecto, nuestro consultor de Estándares Internacionales, el Dr. Juan Fernando Mejía, explica en el siguiente video:

El Concepto 063 de 2018 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– aclara que deberá presentarse la información siguiendo las instrucciones indicadas a continuación:

Estado de situación financiera intermedio comparativo trimestral

El estado de situación financiera debe presentarse comparado con el del 31 de diciembre del año inmediatamente anterior:

 

Fecha de corte del estado de situación financiera

Período comparativo

Al 31/03/2022

Al 31/12/2021

Al 30/06/2022

Al 31/12/2021

Al 30/09/2022

Al 31/12/2021

Estado de resultado integral intermedio comparativo trimestral

El estado de resultado integral deberá ser comparativo con el mismo trimestre del año anterior:

 

Fecha de corte del estado de resultado integral

Período comparativo

Acumulados al 31/03/2022

Acumulados al 31/03/2021

Trimestre del 01/04/2022 al 30/06/2022 y acumulados al 30/06/2022

Trimestre del 01/04/2021 al 30/06/2021 y acumulados al 30/06/2021

Trimestre del 01/07/2022 al 30/09/2022 y acumulados al 30/09/2022

Trimestre del 01/07/2021 al 30/09/2021 y acumulados al 30/09/2021

Estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio intermedio comparativo

Los períodos comparativos del estado de flujos de efectivo y el estado de cambios en el patrimonio de este informe deben corresponder a:

 

Fecha de corte del estado de resultado integral

Período comparativo

Acumulados al 31/03/2022

Acumulados al 31/03/2021

Acumulados al 30/06/2022

Acumulados al 30/06/2021

Acumulados al 30/09/2022

Acumulados al 30/09/2021

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