El departamento administrativo de la Función Pública dio a conocer las recomendaciones que deberán tener en cuenta las entidades nacionales y territoriales a partir de 2023 para ejecutar el Plan de Formalización del Empleo Público.
El Gobierno Nacional a través del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) emitió la circular conjunta 100-005 de 2022 en la que se señalan los lineamientos del Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad – vigencia 2023.
¡Atención! @PetroGustavo y el #GobiernoDelCambio le cumplen al empleo público del país. @FuncionPublica y @ESAPOficial emiten lineamientos para la dignificación y la formalización laboral del sector https://t.co/grsI3LfeXI pic.twitter.com/f0V4AsZcSI
— Función Pública (@DAFP_COLOMBIA) December 29, 2022
El escrito advierte que la formalización del empleo público se promoverá teniendo en cuenta cuatro mecanismos: el primero establece la provisión de todos los cargos de las plantas de personal existentes y en vacancia; el segundo, la ampliación de las plantas de personal existentes, siempre que las condiciones técnicas y financieras así lo permitan.
El tercero hace referencia a la creación de plantas temporales en equidad, con criterios meritocráticos y vocación de permanencia; y, cuarto menciona que se hará uso racional de los contratos de prestación de servicios atendiendo exclusivamente lo establecido en la ley y en los fallos judiciales.
Entre los lineamientos se destaca la recomendación a las entidades de vincular por contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, solo al personal que consideren esencial.
El documento apunta que “La contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deberá tener un término de duración de cuatro meses, plazo este durante el cual los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran.”
Además, advirtió que los órganos, organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional deberán proponer tanto las plantas temporales de personal en equidad como la reorganización de sus estructuras internas.
Finalemente, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) brindará toda la asesoría técnica necesaria para que los recursos de los proyectos de inversión, que actualmente financian los contratos de prestación de servicios, apalanquen la creación de las plantas temporales.
Fuente: Función Pública.