Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.
¿Cuáles son los ingresos sobre los cuales no se debe practicar la autorretención del Decreto 2201 de diciembre de 2016?
Pregunta resuelta 6 de octubre de 2022
En este video, el Dr. Diego Guevara Madrid explica que la autorretención del Decreto 2201 de diciembre de 2016 aplica cuando:
Por su parte, la Dian, en el Concepto 100202208-019 de enero de 2021, estableció que una sociedad que trabaja u opera sin contratar a ningún personal no se encuentra obligada a realizarse la autorretención en mención.
Sin embargo, cuando una sociedad que sí contrata trabajadores se toma la exoneración de aportes y además se tiene que realizar la autorretención del Decreto 2201 de 2016, recopilado en los artículos 1.2.6.6 hasta 1.2.6.11 del DUT 1625 de 2016, para ciertos ingresos que obtenga dicha sociedad no es obligatorio realizar la autorretención, según lo dispone el inciso 4 del artículo 1.2.6.8 del DUT 1625 de 2016 así:
No procederá la autorretención aquí prevista, sobre los pagos o abonos en cuenta que no se encuentran gravados con el impuesto sobre la renta y complementario.