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La Dian estableció un nuevo plazo para suministrar la información inicial en el RUB de los organismos de acción comunal


Actualizado: 23 julio, 2024 (hace 4 meses)

A través de la Resolución 000109 de 2024, la Dian modificó el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 de 2021, adicionado por la Resolución 000108 de 2023. Conoce aquí las nuevas fechas del RUB.

El pasado 12 de julio de 2024 la Dian dio a conocer la Resolución 000109, por medio de la cual se establecen los plazos para la presentación de la información inicial en el RUB de los organismos de acción comunal.

Recordemos que, como medida para luchar contra la corrupción, mediante el artículo 17 de la Ley 2155 de 2021 el Gobierno nacional modificó los artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario –ET– para ajustar la definición de beneficiario final y crear el registro único de beneficiarios finales –RUB–, el cual es parte integral del registro único tributario –RUT–.

Ahora bien, la administración tributaria expidió la Resolución 000164 de diciembre 27 de 2021 informando los términos y condiciones para la efectiva aplicación del RUB. A partir de ese momento se estableció la obligación de suministrar de manera electrónica la información ante la Dian.

Aun cuando en principio la fecha máxima correspondía al 30 de septiembre del 2022, ante la novedad del sistema se presentaron múltiples inquietudes y dificultades que obstaculizaron el suministro de información en algunos sectores.

Por lo anterior, mediante la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023, la Dian consideró pertinente realizar labores de divulgación y ampliar el plazo hasta el 31 de julio de 2024 para que los organismos de acción comunal suministraran la información inicial en el RUB.

Pese a que la administración afirma que posteriormente a esta labor se han recibido algunos informes por parte de las juntas de acción comunal, lo cierto es que también se han presentado múltiples consultas acerca de la identificación de los beneficiarios finales y sobre el uso del sistema electrónico en el que se debe subir la información.

Es por ello que la Dian emitió la Resolución 000109 de julio 12 de 2024, para que los organismos de acción comunal constituidos al 30 de noviembre de 2024 tengan hasta el 31 de enero del 2025 para suministrar la información en el RUB. De la misma manera, aquellas que se conformen desde el 1 de diciembre de este mismo año tendrán 2 meses posteriores a la inscripción de su RUT para suministrar la información pertinente.

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