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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Legalidad de las decisiones de la asamblea de propietarios


Ficha técnica:

  • Categoría: Comercial
  • Fecha de publicación: Enero 19 de 2018
  • Fecha de grabación: Enero 10 de 2018
  • Duración: 1 hora 7 minutos
Actualizado: 18 enero, 2019 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Objetivos
  • Temario
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Las decisiones en las asambleas de copropietarios son legales siempre y cuando cumplan con aspectos importantes como la citación en debida forma, el quórum, los temas tratados, entre otras, mencionadas en la Ley 675 del 2001.

Cuando se hace referencia a las asambleas de una copropiedad, es primordial referirse a las condiciones determinadas en el artículo 39 y siguientes de la Ley 675 del 2001, en la cual se hace mención a las características bajo las cuales se puede realizar una reunión de asamblea en una propiedad horizontal.  

Este tipo de reuniones se pueden presentar de manera ordinaria o extraordinaria, y pueden ser presenciales, de decisión escrita simultánea, u otras, como la realización de una asamblea virtual.  

En esta actualización se mencionan algunos tips para evitar errores comunes en las asambleas para evitar impugnaciones y las instancias para resolver los conflictos derivados de los mismos. 

Objetivos 

  1. Identificar la finalidad de la primera asamblea del año en las copropiedades.   
  2. Conocer las causas más comunes en la impugnación de decisiones. 
  3. Señalar las competencias del juez civil municipal y del circuito. 
  4. Conocer cuando ocurre una impugnación de sanciones por incumplir obligaciones no pecuniarias 

Temario 

  • Procesos judiciales distintos: controversias e impugnaciones. 
  • Causas más comunes de impugnación de decisiones.   
    • Quórum decisorio.   
    • Aprobación de temas distintos a los convocados para asamblea extraordinaria.  
    • Falta de citación o indebida citación. 
    • Decretar expensas extraordinarias.   
    • Segunda convocatoria 1 hora después.   
    • Impedir voz y voto del propietario moroso.  
  • Código general del proceso Ley 1564 de 2012: competencia del juez civil municipal y del juez civil circuito.  

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Alexander Coral Ramos
Abogado, experto en Derecho Laboral, Seguridad Social y Comercial y Régimen de Propiedad Horizontal, con posgrados en Derecho Administrativo y Constitucional. Autor de títulos en derecho laboral y comercial. Profesor universitario en pregrado y posgrado. Conferencista. Consultor Jurídico de diversas empresas del sector industrial, comercial, cañero, construcción e inmobiliario. Litigante.
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