Licencia de maternidad de trabajadora independiente con un salario mínimo


Licencia de maternidad de trabajadora independiente con un salario mínimo
Actualizado: 20 diciembre, 2023 (hace 4 meses)

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  • Licencia de maternidad
  • Requisitos
  • Licencia de maternidad de trabajadora independiente con un salario mínimo

La licencia de maternidad es un mecanismo de protección especial para las mujeres trabajadoras en estado de embarazo que consiste en un descanso remunerado antes y después del parto.

Descubre cómo opera esta licencia para las trabajadoras independientes que devengan un salario mínimo.

La licencia de maternidad no se limita a mujeres gestantes con contratos de trabajo, sino que también se aplica a todas las trabajadoras, ya sean dependientes o independientes, sin importar su forma de vinculación, siempre que cumplan con los requisitos legales para su reconocimiento.

Licencia de maternidad

Esta licencia es una protección especial contemplada en el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo y consiste en un descanso remunerado en épocas anteriores y posteriores al parto. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época del parto. Esta debe ser remunerada con el salario que devengue la trabajadora al momento de iniciar su licencia.

Requisitos

Los requisitos para el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad son:

  • La trabajadora debe estar afiliada al sistema general de seguridad social en salud como cotizante y en estado activo.
  • Haber realizado los aportes correspondientes durante los meses que coinciden con el período de gestación, incluido el del mes de inicio de la licencia.
  • Contar con el certificado de licencia de maternidad emitido por el médico de la red de la EPS o entidad adaptada, debidamente validado.

Licencia de maternidad de trabajadora independiente con un salario mínimo

Por regla general, para el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad solo se tomarán en cuenta las cotizaciones realizadas durante el período de gestación. Si las cotizaciones corresponden a un período inferior al de la gestación, la licencia se reconocerá de manera proporcional al número de días cotizados.

Sin embargo, cuando una trabajadora independiente que devenga un salario mínimo haya cotizado a salud por un período inferior al de la gestación, se considerarán las siguientes reglas:

  • Si la afiliada cotizó durante todo el período de gestación, tendrá derecho a la totalidad de la licencia de maternidad.
  • Si la afiliada no cotizó durante dos (2) meses o menos de su gestación, tendrá derecho a recibir la totalidad de la licencia.
  • Si no realizó aportes durante más de dos (2) meses de su gestación, podrá recibir una prestación económica por licencia de maternidad proporcional al tiempo cotizado.

Para profundizar sobre la licencia de maternidad, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Licencias e incapacidades laborales: protección y garantías para el trabajador.

Licencia de maternidad de trabajadora independiente.
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