Este liquidador te permitirá preparar el borrador y los anexos del formulario 300 para las declaraciones del IVA en 2024 que se elaboren con periodicidad bimestral, cuatrimestral o anual.
En este período se deben continuar observando las novedades de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022.
Presentamos una plantilla en Excel basada en el formulario en PDF que la Dian prescribió a través del artículo 3 de la Resolución 000019 de marzo 10 de 2020, con el cual se definió la estructura del formulario 300 que se usará para elaborar las declaraciones de IVA del año gravable 2020 y siguientes (ver el artículo 600 del ET).
Este liquidador en Excel del formulario 300 de la Dian es una herramienta que permite calcular y presentar de manera eficiente y organizada la declaración de impuestos sobre las ventas –IVA– en Colombia. Con nuestro liquidador podrás reducir los errores en los cálculos y mejorar la eficiencia en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
Ten en cuenta que…
En vista de que la Dian no ha prescrito un nuevo formulario para la presentación de las declaraciones del IVA del año gravable 2024, se entiende que se sigue utilizando el formulario prescrito en 2020 mediante la mencionada Resolución 000019 de 2020.
Así lo confirma la Dian en su página de formularios e instructivos.
Ten en cuenta que la presente herramienta en Excel facilita la obtención de algunos cálculos que son automáticos: sin embargo, lo que se imprima con ella solo podrá contar como un borrador que luego deberá ser digitado en los formularios virtuales oficiales de la página de la Dian.
Esta plantilla avanzada del formulario 300 de declaración del IVA incluye las siguientes hojas:
Nota: todas las funcionalidades de este formato son compatibles con los sistemas operativos Windows e iOS (a excepción del botón incluido para descargar el PDF de la hoja “F-300”, que no es compatible con el sistema iOS).
Para consultar los plazos y la periodicidad de este impuesto, te recomendamos ir a los siguientes materiales:
Para la presentación y liquidación del IVA por el año gravable 2024 se deberán observar, entre otras, las siguientes novedades:
1. El 31 de julio de 2023 el Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 1267, estableciendo una exención temporal en el IVA para servicios turísticos que se presten en La Guajira hasta el 31 de diciembre de 2030. Así pues, dichos servicios estarán exentos, pero sin derecho a devolución o compensación. Las condiciones de aplicación y categorías y actividades CIIU cobijadas con la exención se deben consultar en el citado decreto.
Respecto a esta medida, es importante mencionar que en los considerandos del decreto se lee que las disposiciones del decreto únicamente aplicaron hasta el 31 de diciembre de 2023. Por tanto, se puede entender que la referencia al año 2030 en el decreto constituye un error de digitación y que la medida se suspendió el 31 de diciembre de 2023 debido a que hasta la fecha no ha sido prorrogada con otra norma. Para ampliar este tema se puede consultar nuestro editorial Por emergencia económica en La Guajira se reduce temporalmente el IVA y el INC en algunos servicios.
2. El Decreto 2229 de 2023, que estableció los plazos para presentar y declarar el IVA del año gravable 2024, no señaló plazos especiales para las declaraciones de IVA de las entidades financieras y empresas de transporte aéreo, lo cual sí se hizo hasta el año gravable 2023. Por tanto, a partir del año gravable 2024 este tipo de entidades deberá presentar su declaración en los plazos señalados para los demás contribuyentes de acuerdo con la periodicidad que les corresponda. Te recomendamos leer nuestro análisis 15 novedades importantes del calendario tributario permanente para los años 2024 y siguientes.
3. En 2024 también es importante tener en cuenta las novedades incorporadas por la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022:
Tampoco serán responsables del IVA los contribuyentes personas naturales del SIMPLE cuando sus ingresos brutos sean inferiores a 3.500 UVT (equivalentes a $164.728.000 en 2024 y $148.442.000 en 2023), independientemente de la actividad económica que desarrollen.
Finalmente, te invitamos a descargar nuestra plantilla del formulario 300 para el año gravable 2024, la cual te permitirá elaborar el borrador de las declaraciones del IVA:
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