Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mensaje electrónico de confirmación de recibido de factura en compras a crédito 


Actualizado: 20 septiembre, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara Madrid.

¿En todas las compras que sean a crédito, si se solicita la deducción del costo o gasto y el IVA se solicitara como descontable, debe emitirse la aceptación de la factura de venta? 

Pregunta resuelta 08 de septiembre de 2022.

La Dian reglamentó el mensaje electrónico confirmación de recibido de facturas en compras a crédito del que trata el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, mediante la Resolución 000085 de 2022. De acuerdo con dicha resolución y el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, la factura electrónica de venta que se expide en una operación a crédito o se otorgue en un plazo para el pago de esta, se constituirá como soporte de costos, deducciones e impuestos descontables cuando el adquirente confirme el recibido de la factura y de los bienes o servicios adquiridos, mediante mensaje electrónico remitido al emisor.

En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara Madrid, líder en investigación tributaria de Actualícese, explica lo dispuesto en la Resolución 000085 de 2022 y el Concepto Dian 904921 de junio de 2022, donde este último establece que el mensaje de aceptación que debe enviar el comprador al vendedor es indistinto de que el vendedor quiera o no convertir la factura de venta en un título valor en la plataforma Radian.

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