Las propuestas realizadas en el proyecto de reforma tributaria para personas naturales van en la dirección correcta con respecto a la limitación de beneficios tributarios.
Sin embargo, concentrar el 21 % de la distribución del recaudo tributario en personas jurídicas no es algo bueno.
La reforma tributaria, recientemente aprobada el 11 de noviembre por el Congreso de la República, ha recibido una serie de críticas positivas y negativas por parte de expertos en economía y tributación.
Mariana Matamoros, economista y contadora, con especialización en Econometría y estudios de maestría en Economía, manifiesta que la reforma tributaria está bien enfocada en concordancia con lo que indica la Constitución Política.
Cabe recordar que la Constitución Política de Colombia enmarca que el ser humano debe ser el eje central de la política social y económica del país.
La Constitución Política de Colombia demarca los principios tributarios de equidad, eficiencia y progresividad. Estos principios tributarios deben buscar un mayor equilibrio en las cargas tributarias que imponen los gobiernos.
Matamoros dice que la eficiencia está dirigida a lograr el mayor recaudo tributario; mientras que la progresividad define la carga tributaria según la capacidad contributiva de las que disponen las personas y la equidad, busca hacer equitativa la carga tributaria entre todos los obligados en relación con la capacidad contributiva.
La investigadora principal de la Línea de Justicia Fiscal de Dejusticia explica más sobre la reforma tributaria del presidente Gustavo Petro.
De acuerdo con la contadora pública, la política fiscal es un instrumento fundamental para la garantía de los derechos. Los sistemas tributarios reflejan la contribución de distintos actores para solventar estas prioridades de los estados.
Dichas nociones de derechos humanos de la política fiscal cuentan con diferentes principios. Matamoros se centra en los principios 1, 7, 10 y 12.
El proyecto de ley de la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social aprobado el 17 de noviembre por la comisión de conciliación espera recaudar por medio de impuestos a personas naturales el 15 % del total de recaudo (20 billones de pesos).
En este punto, Mariana Matamoros explica que las propuestas realizadas en el proyecto de reforma tributaria para personas naturales van en la dirección correcta en cuanto a la limitación de beneficios tributarios.
Las medidas planteadas por la reforma tributaria del gobierno del presidente Petro para las personas naturales son progresivas y representan la movilización máxima de los recursos.
Otro punto para analizar es el impuesto al patrimonio, que para Matamoros es acertado, ya que menos del 1 % de los colombianos tienen patrimonios mayores a 3.000 millones de pesos y pagan tarifas marginales del 0,5 %, 1 % y 1,5 %.
Cabe recordar que de manera temporal, del 2023 al 2026 los patrimonios mayores a 10.000 millones tendrán una tarifa del 1,5 %.
En cuanto a las personas jurídicas, Matamoros indica que las medidas destacan por un esfuerzo por corregir inequidad horizontal a través de la limitación y eliminación de tratamientos preferenciales a ciertos sectores de la economía.
Cabe recordar que la reforma tributaria mantiene la tarifa general del 35 % en renta para sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país.
Matamoros también destaca la eliminación de privilegios para las personas jurídicas, tales como derogar los artículos relacionados con las rentas exentas para entidades de la economía naranja.
La eliminación de tarifas especiales en renta para megainversiones y servicios de transporte marítimo internacional también fue importante.
De igual manera, la eliminación de incentivos tributarios para inversión en hidrocarburos y minería también fue acertado.
Matamoros sostiene que el régimen simple de tributación requiere ajustes, ya que la reforma disminuye las tarifas del régimen para todas las actividades económicas y permite que se incorporen los servicios de educación, salud y asistencia social.
Otro punto acertado con respecto a impuestos de personas jurídicas, es el impuesto a las zonas francas, pues hay restricción del beneficio de tarifa del 20 % en el impuesto de renta para empresas ubicadas en las zonas francas, de acuerdo con un plan de internacionalización.
Sin embargo, para Matamoros concentrar el 21 % de la distribución del recaudo tributario en personas jurídicas no es bueno, ni tampoco que las empresas del sector minero energético contribuyan con el 57 % del recaudo tributario. Para ella la medida es exagerada y no es equitativa.
La especialista en econometría indica que los impuestos saludables generan preocupación en los expertos en salud.
Para los expertos en temas de salud no es que exista un impacto en el costo de los alimentos no saludables, sino que el impacto no sea lo suficientemente grande para disuadir a los consumidores de dejar de comprarlos.
Sin embargo, para Matamoros los impuestos saludables corresponden a la aplicación del principio 12, el cual dice que los estados están facultados, y en ocasiones obligados, a incentivar o desincentivar conductas y corregir externalidades.
Finalmente, la estudiante de la maestría en Economía dice que la propuesta de gravar las iglesias sobre sus actividades comerciales era una medida justa y que combate la inequidad.