Muchos revisores fiscales pecan al no informar a la asamblea, junta de socios o junta directiva las irregularidades que ocurren en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios.
Otra infracción que cometen es no convocar a la asamblea o a la junta a reuniones extraordinarias.
La Supersociedades ha publicado la cartilla Principales infracciones y sanciones en materia de deberes de administradores y revisores fiscales con el objetivo de divulgar las principales infracciones que han sido objeto de sanción por parte de la Delegatura de Supervisión Societaria, para prevenir que se cometan.
De igual forma, la entidad da a conocer los criterios para la graduación de las sanciones impuestas que, en la práctica, se han identificado y resultan aplicables de manera recurrente. Finalmente, se presentan las estadísticas generales de las multas impuestas por incumplimiento de órdenes, la ley o los estatutos
En este editorial nos centraremos en las infracciones más frecuentes, cometidas por revisores fiscales, según la publicación de la Supersociedades.
No informar por escrito a la asamblea, junta de socios, junta directiva o al gerente, según sea el caso, de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios, según lo indica el numeral 2 del artículo 207 del Código de Comercio.
Lo anterior puede ocurrir cuando:
No colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías y entregar los respectivos informes.
El revisor fiscal podría no entregar, por ejemplo, a la Supersociedades, informes donde estaría violando la ley, los estatutos y las normas en materia de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de la información.
No estar atentos a que se lleve la contabilidad y se realicen las actas
No velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones de la asamblea, junta de socios y de la junta directiva.
De igual manera, no velar por que se conserve debidamente la correspondencia de la sociedad y los comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para cumplir con estos objetivos.
Finalmente, otra de las infracciones que cometen los revisores fiscales es no convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias, incumpliendo así lo que dice el numeral 8 del artículo 207 del Código de Comercio.
«Por ejemplo, cuando lo soliciten los socios o accionistas, según lo dispuesto en los artículos 18243 y 42344 del Código de Comercio, según el caso», indica Supersociedades.