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Para el año gravable 2013 y siguientes, residentes colombianos o no podrán seguir usando tabla del art.241


Para el año gravable 2013 y siguientes, residentes colombianos o no podrán seguir usando tabla del art.241

La persona colombiana no residente no podrá usar dicha tabla en el año gravable 2012 porque le corresponde usar la tarifa del 33%, nombrada en el art. 247 del E.T. Hasta el 2012 si es colombiano residente o no residente aplica la tabla, al igual que el extranjero residente.

Respondamos el siguiente caso. Para la liquidación del impuesto de renta de personas naturales, ¿solo uso la tabla que empieza de 0 a 1090 UVT y no tengo en cuenta ninguna otra?

En la declaración de renta de las personas naturales, lleven contabilidad o no, su impuesto de renta y de ganancia ocasional hasta el 2012 se definía con la tabla del artículo 241, que en efecto es una tabla que trae cuatro rangos y el primero dice que si la renta líquida o la ganancia ocasional no se pasan de 1090 UVT, y por conceptos diferentes de loterías, hasta el 2012 se busca en dicha tabla, y de acuerdo a lo que diga se determina el impuesto. Las que sean por loterías siempre han sido el 20%.

Hay que recordar que el artículo 241 del Estatuto Tributario fue modificado con la Ley 1607, para que tengan presente estos cambios (modifico el 241, 247, 314 y 316 del Estatuto Tributario), de modo que hasta el 2012 las personas naturales que fueran colombianas residentes o no residentes aplicaban la tabla de este artículo, tanto para su renta ordinaria como para su ganancia ocasional diferente a loterías.

Para el 2013 y siguientes pueden seguir usando la tabla del art. 241 sólo los que sean residentes, ya sean colombianos o extranjeros, pero el colombiano no residente ya no podrá usar esta tabla en el año gravable 2007 porque le corresponderá usar la tarifa del 33%, que está en el art. 247, el cual también fue modificado. Hasta el 2012 establecía que sólo a los extranjeros no residentes, que tuvieran que presentar declaración de renta al gobierno colombiano, tributaban con la tarifa del 33%. Pero para el 2013 tanto el colombiano como el extranjero, si son no residentes les corresponde el 33%, y cuando sean residentes el colombiano o el extranjero van a seguir con la tabla del artículo 241. El anterior es un cambio muy importante.

Con las ganancias ocasionales también la Ley 1607, al modificar los artículos 314 y 316 del E.T., trae un cambio importante, ya que estas para el 2013 sea colombiano o extranjero, residente o no residente, la tarifa será única, el 10% sobre cualquier ganancia ocasional, sobre cualquier valor gravable. Es decir que ya no tiene ni siquiera beneficiados los primeros 1090 UVT, porque no se va a aplicar la tabla en el cálculo de la ganancia ocasional por conceptos diferentes de loterías, rifas y similares en el 2013 y siguientes.

Por lo tanto se va a presentar un gran cambio con la liquidación del impuesto para el 2013 y siguientes. Repetimos, hasta el 2012 si es colombiano residente o no residente aplica la tabla, al igual que el extranjero residente, pero al extranjero no residente le aplica la tarifa del 33%.

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