Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Manejo tributario de acciones preferenciales como ingreso no operacional


Manejo tributario de acciones preferenciales como ingreso no operacional

En la parte fiscal, dentro del patrimonio bruto fiscal se deben incluir las acciones que posee la sociedad por el costo y no por el valor intrínseco.

Veamos el siguiente caso que nos plantean. Hace tres años la empresa tiene unas acciones preferenciales por valor de $7.500.000, del Grupo Aval, que dan un dividendo no gravado cada mes entre $24.000 y $25.000. La empresa solo está registrando el ingreso no operacional. ¿Qué debe hacer con el valor de estas acciones en materia contable y tributaria?

En esta inquietud no se entiende cómo es que se pueden estar reconociendo el ingreso por los dividendos solamente sin tener reconocido el activo. Si la empresa hizo una inversión en ese activo, en comprarse las acciones, entonces contable y fiscalmente deben estar figurando esos $7.500.000 como un activo más dentro del estado financiero de la entidad que haya adquirido esas acciones.

En la parte contable, en la Cuenta 12, debe estar reflejado desde el día que se compraron las acciones la suma de los siete millones y medio, y al cierre de cada período se puede comparar en la parte contable, el costo con el valor intrínseco y calcular la valorización o provisión que es lo que pide el Decreto 2649 de 1993.

Por otro lado, en la parte fiscal, el art. 272 del E.T. dice que se debe incluir dentro del patrimonio bruto fiscal las acciones que posee en la sociedad por el costo, no por el valor intrínseco. Por lo menos deberían estar declaradas por los siete millones y medio, y adicionalmente como las acciones se convierten en activos fijos, se puede hacer un reajuste fiscal (art. 70 del E.T.) para poderle ganar un mayor costo a las acciones, pensando a futuro, en caso que se vendan.

Lo lógico es que las acciones o cuotas se hayan estado incluyendo dentro de los patrimonios fiscales y contables desde el día de la adquisición.

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