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Personas naturales obligadas a llevar contabilidad: tips para declarar renta


Deducciones en rentas de personas jurídicas
Actualizado: 9 agosto, 2024 (hace 3 meses)

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligaciones comerciales y contables
  • Declaración de renta para personas naturales
  • Diferencias contables y fiscales
  • Acerca del conferencista

Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben seguir de manera detallada la estructura para su declaración de renta, asegurándose de cumplir con las normativas contables y fiscales vigentes.

Las herramientas contables adecuadas y la comprensión de las diferencias entre lo contable y lo fiscal son esenciales para evitar sanciones y optimizar el cumplimiento tributario.

En esta conferencia, Andrés Felipe Tovar explica los aspectos fundamentales que deben considerarse, incluyendo las obligaciones comerciales, las normativas contables y las diferencias fiscales.

Aquí están los detalles:

Obligaciones comerciales y contables

  • Definición de comerciante: el Código de Comercio, en su artículo 10, define al comerciante como cualquier persona natural o jurídica que ejerza una actividad mercantil. Las presunciones de calidad de comerciante, según el artículo 13 del mismo código, incluyen la inscripción en la matrícula mercantil, tener un establecimiento de comercio abierto al público o la promoción como comerciante, incluso a través de medios digitales.
  • Obligaciones de los comerciantes: según el artículo 19 del Código de Comercio, los comerciantes tienen la obligación de inscribirse en la matrícula mercantil, registrar todos sus establecimientos de comercio y llevar libros de contabilidad conforme a las regulaciones vigentes. Estas obligaciones no distinguen entre personas naturales o jurídicas ni entre diferentes regímenes tributarios, lo que implica que cualquier persona que ejerza actividades comerciales debe cumplir con estas normativas.

Declaración de renta para personas naturales

  • Cédulas de declaración: las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben declarar sus ingresos bajo la cédula de rentas no laborales, que incluyen ingresos, costos y rentas exentas relacionadas con su actividad comercial principal. Sin embargo, otros ingresos, como rendimientos financieros o alquileres, deben ser declarados en las cédulas correspondientes, como la de rentas de capital.
  • Clasificación contable: la clasificación de personas naturales y jurídicas, conforme al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, se basa en parámetros específicos que determinan el grupo contable al que pertenecen. Existen tres grupos:
  1. Grupo 1: aplica las NIIF Plenas, generalmente para grandes empresas con más de 200 empleados o activos superiores a 30.000 salarios mínimos.
  2. Grupo 2: aplica las NIIF para Pymes y se utiliza para empresas que no cumplen con los requisitos de los grupos 1 y 3.
  3. Grupo 3: aplica una contabilidad simplificada para micro y pequeñas empresas que no superan ciertos ingresos anuales.
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En el siguiente video, encuentra una explicación más detallada sobre la cédula que deben usar los obligados a llevar contabilidad en la elaboración de la declaración de renta:

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Diferencias contables y fiscales

  • Ingresos: los ingresos deben ser reconocidos en la declaración de renta conforme a los marcos técnicos de información financiera, aunque existen excepciones como los dividendos, que se reconocen cuando son decretados, y la venta de inmuebles, reconocida al firmar la escritura.
  • Costos y deducciones: la normativa tributaria no permite el reconocimiento de costos por estimaciones como el valor neto de realización o el costo por desmantelamiento hasta que se realicen efectivamente. Esto genera diferencias temporarias que deben ajustarse en la declaración de renta.
  • Valor patrimonial: el valor patrimonial de los activos se determina siguiendo las reglas del artículo 267 del Estatuto Tributario, ajustándose al costo fiscal en lugar del avalúo catastral para los obligados a llevar contabilidad. Esto es crucial para evitar sanciones por inexactitud u omisión de activos.

En el siguiente video más detalles:

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Acerca del conferencista

Andrés Felipe Tovar

Es contador público, especialista en Gerencia Financiera, Certificado Internacional en NIIF para PYMES, candidato a Magister en Dirección de Empresas. Conferencista en la Cámara de Comercio de Bogotá en temas tributarios, contables y financieros. Contador y Consultor NIIF para empresas del sector minero, transporte de carga, ingeniería y retail. Experiencia como docente universitario en materias como contabilidad financiera, administración financiera avanzada, auditoría tributaria y contabilidad internacional.

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