Así se debe contratar a una empleada doméstica en Colombia


empleada doméstica con contrato laboral

En Colombia, los trabajadores del servicio doméstico son empleados dependientes, es decir, deben ser vinculados mediante un contrato de trabajo y tienen derecho a todas las garantías mínimas laborales. A continuación, te explicamos cómo contratar correctamente a una empleada doméstica.

Los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico son todas aquellas personas naturales que trabajan directamente en casas de familia, haciendo tareas como limpieza, lavado, planchado, cocina, cuidado de niños, adultos mayores, mascotas, entre otras responsabilidades del hogar. Esto también incluye servicios de jardinería, conductores de familia y trabajadores de fincas en el ámbito doméstico.

Los trabajadores domésticos son empleados dependientes, es decir, deben ser vinculados mediante contrato de trabajo y tienen derecho a todas las garantías mínimas laborales: salario, jornada laboral y pago de horas extra y recargos, afiliación a seguridad social, prestaciones sociales, vacaciones y dotación, entre otras.

Contrato laboral de un empleado doméstico en Colombia

El contrato de un trabajador doméstico es un contrato laboral como cualquier otro, regulado en su contenido por los artículos 37, 38 y 39 del CST. Este contrato puede ser escrito o verbal, a término fijo o indefinido, a tiempo completo o a tiempo parcial, según lo acordado por las partes.

La única particularidad del contrato laboral de un trabajador doméstico es su objeto: el trabajador desarrolla su actividad personal y subordinada en funciones propias del servicio doméstico.

Cláusulas del contrato laboral de un trabajador doméstico

Teniendo en cuenta que las partes son las que definen las condiciones y contenido del contrato de trabajo de un trabajador doméstico, es posible mencionar algunas de las cláusulas mínimas que debe contener el contrato laboral de una empleada doméstica en Colombia:

  • Nombre e identificación de las partes.
  • Objeto: prestación de un servicio personal en funciones propias del servicio doméstico.
  • Lugar de prestación del servicio: dirección exacta de la casa de familia u hogar.
  • Jornada de trabajo ordinaria: no puede ser superior a la máxima legal.
  • Salario y forma de pago: no puede ser inferior al mínimo legal vigente.
  • Deber del empleador de pagar el auxilio de transporte.
  • Deberes del empleador de afiliar a salud, pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar.
  • Deberes del empleador de pagar correcta y oportunamente las prestaciones sociales (prima, cesantías y sus intereses).
  • Deber del empleador de reconocer las vacaciones y la dotación.
  • Duración del contrato.
  • Firmas y entrega de copias del contrato.

¡Pero eso no es todo!

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