Nuevos recursos
Derecho Comercial - 21 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
FORMATOS - 20 febrero, 2025
Derecho Laboral - 20 febrero, 2025
ACTUALIDAD - 14 febrero, 2025
HERRAMIENTAS INTERACTIVAS - 14 febrero, 2025
Derecho Laboral - 13 febrero, 2025
Derecho Comercial - 11 febrero, 2025
Libros Blancos - 10 febrero, 2025
FORMATOS - 4 febrero, 2025
Cartillas Prácticas - 3 febrero, 2025
Por la conmoción interior decretada en el Catatumbo, el Gobierno nacional creó tres impuestos, los cuales podrían ser permanentes con la próxima reforma tributaria.
A partir del próximo 22 de febrero comenzarán a aplicarse los tres impuestos creados por el Ministerio de Hacienda, expedidos en el Decreto 0175 del 14 de febrero de 2025 de conmoción interior, con el que el Gobierno nacional busca recursos para atender la situación social en la región del Catatumbo. El artículo 10 de la norma establece:
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto serán aplicables una vez culmine el quinto día hábil siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Con el Decreto 0175 de 2025: «Por el cual se adoptan medidas tributarias destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar», el Gobierno aspira a recaudar cerca de $3 billones en el presente año.
En uno de sus considerandos se señala: “Que aun cuando los impuestos previstos en el presente Decreto son impuestos de causación inmediata, con el fin de facilitar la operación y realizar los ajustes necesarios a los sistemas informáticos, se establece que las medidas que se adoptan aplicarán una vez culmine un periodo de 5 días hábiles posteriores a su publicación«, plazo que vence el próximo viernes 21 de febrero.
Conoce el ABC del Decreto 0175 de 2025, que adopta medidas tributarias para atender los gastos del PGN ante el Estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, Cúcuta y municipios de Cesar.
Encuentra todos los detalles aquí 👇🏼https://t.co/nvKdP51Mnp pic.twitter.com/tdsMcRLVWC
— MinHacienda (@MinHacienda) February 18, 2025
Mediante este decreto se adoptaron tres medidas tributarias excepcionales y temporales, así:
Fuente: Presidencia de la República.
Únete a nuestro canal de WhatsApp aquí para que estés al día con todas las noticias.
Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.
Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.
Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.