Uno de los mecanismos constitucionales más relevantes en el ámbito jurídico es la acción de tutela. Esta permite proteger derechos fundamentales de manera rápida y eficaz, siempre y cuando se presente una situación contraria a derecho.
Te explicamos cómo funciona en materia laboral.
La acción de tutela se creó mediante el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y se encuentra reglamentada por medio del Decreto Ley 2591 de 1991. Es un mecanismo que tiene el objetivo de proteger los derechos fundamentales establecidos en la Constitución.
Si estos derechos son vulnerados, cualquier ciudadano puede interponer este recurso, que deberá ser resuelto por un juez de la República en un término máximo de 10 días.
Mediante la Sentencia C-483 de 2008, la Corte Constitucional señaló lo siguiente:
La acción de tutela se define como un mecanismo de defensa judicial al cual puede acudir toda persona para obtener la protección inmediata de los derechos fundamentales, cuando éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares en los casos que señale la ley.
La acción de tutela tiene un carácter subsidiario y residual, pues solo procede cuando el afectado no cuente con otro medio de defensa judicial, o cuando existiendo este sea presentada como mecanismo transitorio para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable.
Eventos en los que no se puede interponer una tutela
Por regla general, la liquidación y pago de acreencias laborales escapan del ámbito propio de la acción de tutela, y de manera excepcional se admite su procedencia ante la falta de idoneidad del medio de defensa que se cursa por la jurisdicción ordinaria.
No obstante, en cualquier caso, es indispensable el carácter cierto e indiscutible de las acreencias laborales que se reclaman, pues de ahí surge, precisamente, la transgresión de los derechos fundamentales cuya protección se solicita por parte del accionante.
La procedencia excepcional de la acción de tutela en las relaciones laborales surge del desconocimiento de los principios que, desde el punto de vista constitucional, rodean la actividad laboral; es decir, aquellos consagrados en el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, como la remuneración mínima vital y móvil (proporcional a la cantidad y calidad de trabajo), la irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales y la garantía del derecho a la seguridad social, entre otros.
Conoce más aspectos sobre la acción de tutela en nuestro Especial Actualícese Acción de tutela en el derecho laboral.
¡Pero eso no es todo!
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