Los activos de menor cuantía para efectos fiscales son aquellos que poseen un costo igual o inferior a 50 UVT.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2023 es de $42.412.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
De acuerdo con el artículo 1.2.1.18.5 del Decreto 1625 de 2016, los activos fijos depreciables cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a 50 UVT podrán depreciarse en el mismo año en el que se adquieran, sin consideración de la vida útil de los mismos; estos son considerados entonces activos de menor cuantía.
En virtud de lo anterior, dado que la Dian, a través de la Resolución 001264 de noviembre 18 de 2022, fijó en 42.412 el valor de la UVT que regirá en 2023, los activos que podrán depreciarse en el mismo año calendario en que sean adquiridos (12 meses o un período fiscal), serán aquellos cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a $2.120.600 para el año 2023 (50 UVT calculadas a un valor de $42.412 cada una).
Al respecto, es válido recordar la diferencia de concepto entre vigencia fiscal y período gravable, toda vez que dicho monto de activos de menor valor a $2.120.600 deberá tenerse en cuenta para efectos fiscales al elaborar la declaración de renta del año gravable 2023, que se presentará en la vigencia fiscal de 2024.