Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
Teniendo en cuenta las reformas que introdujo el Decreto 1273 de 2018 para la cotización al sistema de seguridad social de los trabajadores independientes, ¿a partir de junio puede cotizarse por un valor inferior al salario mínimo?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral cita el artículo 3.2.7.1 del Decreto 780 de 2016, adicionado por el artículo 2 del Decreto 1273 de 2018, y señala que cuando se inicia o finaliza un contrato de trabajo por un período inferior a un mes, el pago de la cotización al sistema de seguridad social integral se debe realizar por el número de días laborados de ese período. El ingreso base de cotización –IBC–, en este caso, no podrá ser inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.