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El nuevo sistema de pensiones entrará en vigor el 1 de julio de 2025 y aplicará para quienes al 30 de junio de 2025 tengan menos de 750 semanas si son mujeres y 900 semanas si son hombres. Aquí te contamos cuál es la metodología que se usará para contabilizar el tiempo requerido para el régimen de transición.
El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1225 de 2024, mediante el cual reglamentó, entre otros temas, el régimen de transición de la reforma pensional. A continuación, recordemos qué es el régimen de transición, a quiénes aplica y qué establece el decreto sobre la metodología para el cómputo del tiempo requerido para dicho régimen.
El nuevo sistema de pensiones de la Ley 2381 de 2024 determina un régimen de transición cuyo objetivo es proteger las expectativas legítimas de los afiliados. Este régimen permite que quienes estén cerca de cumplir los requisitos para obtener la pensión de vejez bajo la legislación de la Ley 100 de 1993 puedan hacerlo bajo las condiciones establecidas en dicha ley, sin que les apliquen las nuevas reglas implementadas por el nuevo sistema.
La reforma aplicará para las mujeres que hayan cotizado menos de 750 semanas y para los hombres que hayan cotizado menos de 900 semanas al 30 de junio de 2025. De modo que las mujeres que, a esa fecha, hayan cotizado 750 semanas o más y los hombres 900 o más se quedarán en el régimen de la Ley 100 de 1993.
¿Qué norma les aplica? |
Mujeres |
Hombres |
Fecha limite para cumplir los requisitos |
---|---|---|---|
Ley 2381 de 2024 (Nuevo sistema) |
Menos de 750 semanas cotizadas |
Menos de 900 semanas cotizadas |
30 de junio de 2025 |
Ley 100 de 1993
|
750 semanas cotizadas o más |
900 semanas cotizadas o más |
El Decreto 1225 de 2024, en su artículo 5, establece la metodología para el cómputo del tiempo en el régimen de transición y la oportunidad de traslado. Para estos efectos, se entenderá que las semanas son de 7 días, los meses de 30 días y los años de 360 días. Esta base de cálculo unifica los periodos y facilita la contabilización del tiempo requerido para acceder a los beneficios del régimen de transición en el marco de la reforma pensional.
Si con el fin de sumar semanas para cumplir con los requisitos contemplados en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, para acceder al régimen de transición, como trabajador independiente se pretende actualizar periodos en omisión, esto puede ser riesgoso si no se cumplen ciertos requisitos.
Igualmente, aplica para el trabajador dependiente, porque si se demuestra que no existió la calidad de trabajador o hubo irregularidades, el artículo 20 del Decreto 1225 de 2024 advierte que, la UGPP puede verificar la información reportada e investigar en caso de encontrar irregularidades, y como consecuencia quitar esas semanas y notificar al afiliado la devolución de los aportes pagados, además de otras consecuencias sancionatorias a las que se corren riesgos.
Evita sanciones administrativas, pago de moras y hasta perder semanas.
Para profundizar sobre el nuevo sistema de pensiones, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Sistema de protección para la vejez, invalidez y muerte de origen común: Ley 2381 de 2024
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