Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuidado con las 14 conductas que constituyen acoso laboral


Cuidado con las 14 conductas que constituyen acoso laboral

La Ley 1010 de 2006 establece algunas medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral en el marco de las relaciones de trabajo, pues este es un fenómeno que puede originarse en cualquier tipo de entidad y bajo cualquier nivel jerárquico.

El acoso laboral constituye todas las conductas persistentes y demostrables que son ejercidas sobre un empleado con el propósito de infundir miedo, temor o incluso propiciar su renuncia al cargo.

De esta manera, resulta relevante analizar los 14 literales que enuncia el artículo 7 de la Ley 1010 de 2016 con relación a los ejemplos de conductas que pueden dar indicio de la ocurrencia de este fenómeno, como las siguientes:

  • Los comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional expresados en presencia de los compañeros de trabajo.
  • La imposición de deberes extraños a las obligaciones laborales o las exigencias abiertamente desproporcionadas sobre el cumplimiento de la labor encomendada.
  • El trato notoriamente discriminatorio respecto a los demás empleados.

¿Cómo proceder ante una situación de acoso laboral?

De presentarse cualquiera de las situaciones expuestas en el artículo mencionado anteriormente, el empleado o quien sea objeto de dicha situación de acoso podrá interponer una queja ante el Ministerio de Trabajo, toda vez que los hechos que vayan a ser denunciados estén amparados con pruebas que puedan demostrar la verdadera ocurrencia de los hechos.

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