Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Facturación electrónica en operaciones de pagos de nómina, exportaciones e importaciones


Actualizado: 23 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

¿A qué hace referencia el parágrafo 6 del artículo 616-1 del ET, adicionado por el artículo 16 de la Ley 1943 de 2018, cuando establece que el sistema de factura electrónica también es aplicable a operaciones tales como los pagos de nómina, exportaciones, importaciones y pagos a favor de no responsables del IVA?

Pregunta resuelta el 11 de abril de 2019.

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que para dar respuesta a la consulta es necesario estudiar lo que dispone el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, modificado recientemente por el artículo 16 de la Ley 1943 de 2018.

De acuerdo con la citada normatividad se puede concluir que los facturadores electrónicos también deben elaborar documentos especiales, también electrónicos, para reportar los pagos de los contribuyentes que califican como no responsables del IVA, y los respectivos pagos de nómina.

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