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Impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos: tarifas para 2025


Actualizado: 2 enero, 2025 (hace 2 días)

El impuesto al consumo de licores, vino, aperitivos y similares para 2025 fue establecido por la Dirección General de Apoyo Fiscal del MinHacienda mediante la Certificación 002 de diciembre 12 de 2024.

Aquí te contamos en qué valor quedó fijada la tarifa para 2025.

El artículo 50 de la Ley 788 de 2002, modificado por el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016, señala que las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de licores, aperitivos y similares se incrementan desde el 1 de enero de 2018 con la variación anual del índice de precios al consumidor certificado por el Dane al 30 de noviembre de cada año, siendo la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la encargada de certificar y publicar, antes de cada 1 de enero, las tarifas ajustadas.

Dado lo anterior, el 12 de diciembre de 2024 fue expedida la Certificación 002 por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda para establecer las tarifas como se indica a continuación:

Ítem

Tarifa por unidad de 750 centímetros cúbicos

Licores, aperitivos y similares

$342 por cada grado alcoholimétrico.  

Vinos y aperitivos vínicos

$231 por cada grado alcoholimétrico.

Productos nacionales que ingresen para consumo al departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

  $54 por cada grado alcoholimétrico.

Nota: el 6 de diciembre de 2024, el Dane certificó mediante un comunicado de prensa que en noviembre de 2024 la variación anual del IPC fue de 5,20 %.

Cabe mencionar que si el volumen es diferente a 750 centímetros cúbicos, el impuesto se liquidará de manera proporcional y será aproximado al peso más cercano.

El componente ad valorem del impuesto al consumo de licores, aperitivos y similares, según indica el numeral 2 del artículo 50 de la Ley 788 de 2002 (modificado por el artículo 20 de la Ley 1816 de 2016), se determinará aplicando una tarifa del 25 % sobre el precio de venta al público antes de impuestos y/o participación, mientras que a los vinos y aperitivos vínicos se les aplicará una tarifa del 20 % sobre el precio de venta al público antes de impuestos.

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