Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Informe Especial Tributario: Ganancias ocasionales en la declaración de renta de personas naturales


Informe Especial Tributario: Ganancias ocasionales en la declaración de renta de personas naturales

Portada iet-07-2016-tributario-ganancias-ocasionales-declaracion-renta

Las personas naturales obligadas o no a llevar contabilidad deben informar en la declaración de renta las ganancias ocasionales que obtengan en el respectivo año o período gravable. Es importante identificarlas claramente y denunciarlas en la sección correcta; ya que equivocarse con la forma de denunciar un ingreso y elevar quizás la base del impuesto de renta, también influirá en que esto obliga al cálculo adicional de un anticipo al impuesto de renta del año siguiente, mientras que los impuestos de ganancias ocasionales no lo hacen.

Para acceder a la versión completa debes tener una Suscripción.

Suscríbete

Catálogo completo de revistas
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,