Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La residencia fiscal influye significativamente en la obligación de declarar renta


La residencia fiscal influye significativamente en la obligación de declarar renta

Los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016 con relación a la declaración de renta de personas naturales, no solo incrementaron el número de contribuyentes nacionales obligados a declarar; las rentas de personas naturales extranjeras consideradas como residentes también ha sido impactada.

Para efectos del impuesto de renta, cuyos vencimientos se extienden hasta el 19 de octubre, es indispensable tener en cuenta que las personas naturales o extranjeras consideradas como residentes para efectos fiscales tienen la obligación de declarar ante el Gobierno colombiano el valor de todo el patrimonio poseído al cierre del año y las rentas recibidas tanto en Colombia como en el exterior.

Igualmente, en lo que respecta a la tributación internacional de las personas naturales, la reforma tributaria también introdujo el régimen de entidades controladas del exterior, con el propósito de salvaguardar la base gravable y contrarrestar el traslado de beneficios a entidades no residentes por parte de los contribuyentes.

Así, con relación a este régimen, deben someterse aquellos residentes fiscales colombianos que tengan una participación igual o superior al 10% en el capital o en los resultados de la entidad controlada del exterior –ECE–, cuyas características y requerimientos serán abordados en la conferencia de la plataforma de actualización permanente denominada Aspectos claves en la tributación internacional para personas naturales. Recuerda que la obligación de declarar renta se extiende al patrimonio y rentas del exterior; evita sanciones y ¡adquiérela ya!

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