Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades en los formularios 110 y 210 para el año gravable 2018


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: 

¿Cuáles son las novedades que presentan los formularios 110 y 210 para el año gravable 2018? 

Pregunta resuelta el 4 de abril de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que mediante la Resolución 000016 de marzo de 2019 la Dian prescribió los formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año gravable 2018, entre los que están el 110 y el 210, los cuales experimentaron algunas modificaciones.

Entre los cambios introducidos al formulario 110 se encuentran:

  • La eliminación de la partida que antes figuró en el renglón 94 del formulario del año gravable 2017 sobre el “saldo a favor del CREE del año anterior”.
  • La eliminación de la partida que antes figuró en el renglón 99 del formulario del año gravable 2017 sobre el “anticipo a la sobretasa del año siguiente”.
  • A través de la Resolución 000052 de 2018 la Dian dispuso que el formato 2516 versión 2 para el “reporte de conciliación fiscal del año gravable 2018” debe presentarse en la plataforma Muisca antes del vencimiento para la entrega del formulario 110 del año gravable 2018.

Ahora bien, respecto al formulario 210 prescrito para 2018, Guevara expresa que no podrá utilizarse para las declaraciones por “fracción de año gravable 2019”, debido a los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018, y que los costos y gastos a los que hace referencia la Sentencia C-120 de noviembre de 2018 deberán presentarse en el renglón 33, donde se restan los “ingresos no gravados”.

Para leer más sobre este tema, vaya al análisis Formularios 110 y 210 del año gravable 2018 fueron prescritos por la Dian.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,