Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Nuevos Marcos Normativos Contables: lista una cartilla con las novedades normativas


Actualizado: 16 agosto, 2017 (hace 7 años)

Con esta cartilla práctica conocerás los requerimientos o remisiones de la Ley 1819 de 2016 hacia los nuevos marcos normativos y sus efectos fiscales. Adicionalmente, se cuenta con una zona web interactiva, donde encontrarás diferentes herramientas para ampliar los conocimientos sobre Estándares Internacionales.

En diciembre de 2016 el Gobierno nacional tramitó la Ley 1819 modificando al Estatuto Tributario, entre cuyas novedades se destacan los Nuevos Marcos Normativos Contables. De esta forma, el Gobierno no esperó hasta el 2018 para ajustar algunas normas tributarias y alinear los nuevos marcos técnicos normativos.

A través del artículo 165 de la Ley 1607 de 2012 se instauró un período de transición de 4 años, en donde solo para efectos fiscales, las remisiones de las normas tributarias reposarían sobre una contabilidad bajo norma local. A esta determinación se llegó con la intención de que el Gobierno, mediante la DIAN, evaluara el impacto fiscal de la aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera.

De esta manera, los 4 años referidos iniciaban desde el año de implementación plena de dichas normas internacionales, lo que quiere decir que para las entidades pertenecientes a los grupos 1 y 3 el período de transición sería 2015-2018. Por su parte, las empresas del Grupo 2 tendrían como término de transición los años 2016-2019. Además se establecieron dos opciones sobre la forma en que los contribuyentes podrían cumplir con estados financieros elaborados bajo nuevos marcos técnicos y, al mismo tiempo, tener cifras contables que sirvieran para efectos tributarios durante los años de transición. Estas dos opciones son el libro tributario y el sistema de registro de diferencias. La intención de estos dos sistemas era servir a la DIAN como base para medir los impactos tributarios de la convergencia a Estándares Internacionales; de este modo, el artículo 9 del citado Decreto 2548 dispuso la realización de planes piloto por parte de la Administración Tributaria a través de los cuales la entidad solicitaría información a ciertos contribuyentes.

Es así como, a través de la Resolución 000040 del 10 de mayo el 2016, la DIAN dio a conocer el plan piloto con el cual señaló a 96 personas jurídicas del Grupo 1 y del Grupo 4 que debían entregar en archivos especiales de Excel y PDF, sus estados financieros del 2015 elaborados bajo dichos estándares.

En el 2018, la Administración Tributaria presentaría al Congreso de la República las propuestas para ajustar las referencias del Estatuto Tributario hacia las cifras contables. Sin embargo, para el 2014, a través de la Ley 1739, el Gobierno delegó una Comisión de Expertos la cual trabajaría en una reforma tributaria estructural, considerando las propuestas de armonización entre las normas contables y fiscales. Con la Ley 1819 de 2016 se realizaron modificaciones al Estatuto Tributario, entre las que se destacan lo referente a los Nuevos Marcos Normativos Contables.

Contenido

  • Análisis.
  • Consideraciones generales.
  • Efectos fiscales sobre el ESFA.
  • Ingresos por dividendos.
  • Intereses implícitos.
  • Activos biológicos.
  • Propiedades de inversión.
  • Venta de inmuebles.
  • Régimen de transición contable–fiscal.
  • Normalización tributaria de Diferencias en ESFA y transición.
  • Conclusiones.

—> Descarga aquí la Cartilla Práctica: Requerimientos fiscales sobre nuevos marcos técnicos normativos – Ley 1819 de 2016.

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