En la revisión de contratos de comodato es útil determinar cuáles son las cláusulas contractuales, si se transfieren las ventajas y beneficios que se derivan del uso del activo, si existe la obligación de devolverlo, entre otras cuestiones. Exponemos algunos ejemplos del tratamiento contable.
Para identificar el tratamiento contable que debe tenerse en cuenta al momento de depreciar o dar de baja una propiedad, planta y equipo cedida bajo contrato de comodato, se deben revisar las cláusulas contractuales, puesto que dependiendo de diferentes factores el bien entregado puede seguirse reconociendo en los estados financieros o ser dado de baja.
El contrato de comodato consiste en que una de las partes entrega de forma gratuita un bien a la otra, ya sea mueble o inmueble, y al finalizarlo puede que exija que se devuelva dicho bien, o que no lo haga. A continuación citamos algunos ejemplos expuestos por el conferencista Juan David Maya, líder de investigación en Estándares Internacionales de Actualícese.
Una empresa que se dedica a la venta y distribución de gaseosas realiza un contrato de comodato con un tendero. En el contrato la empresa se compromete a entregar una nevera para que el tendero pueda refrigerar los productos que le compra, entendiendo que la tendrá hasta el fin de su vida útil y en caso de que cierre la tienda dicha nevera será recogida por la empresa de gaseosas para entregársela a otro tendero.
Generalmente la empresa de gaseosas no espera recibir en algún momento la nevera, tampoco está atenta a cuánto compra el tendero a fin de justificar una devolución del activo, además está claro que los beneficios económicos que pueda generar este recurso quedan a título del tendero. Todo esto dado que por lo general y en contratos de este tipo la empresa que otorga el bien se desentiende de este, y la única certeza que tiene es que entrega la nevera con la presunción de que el tendero le compre su producto. Así pues, teniendo todas estas condiciones en cuenta, en estos casos la empresa debe dar de baja el activo, relacionando un gasto en el estado financiero (puede ser un gasto relacionado con ventas).
Aunque por lo general este tipo de casos dan lugar a un gasto, en otras ocasiones se genera una cuenta por cobrar al cliente, que será condonada a medida que transcurra el contrato. Esto se determinará, finalmente, según las condiciones contractuales. Abordemos otro ejemplo.
Una empresa que posee diferentes bienes inmuebles entrega un edificio a una fundación bajo contrato de comodato. La idea es que dicha fundación opere allí durante 5 años y al cabo de ese plazo devuelva el edificio a la empresa.
Aquí se pueden identificar diferentes asuntos:
Por todo lo anterior, se puede concluir que la empresa no debe dar de baja el bien de sus estados financieros, sino que debe seguirlo reconociendo.
Actualícese contrata por honorarios a un investigador para las labores de capacitación y análisis de la información. Con el fin de que el investigador cumpla con este cometido, la empresa le entrega un computador bajo la figura de contrato de comodato. Al cabo de 4 años el investigador le pregunta a uno de los encargados de logística si debe o no devolver el computador, y este le responde que no es necesario, que ya está totalmente depreciado y que incluso van a comprar otro.
Este tipo de ejemplos suelen presentarse con mucha frecuencia en las empresas, y como se mencionó en apartados anteriores, el reconocimiento del bien para el comodante (quien cede el bien) o para el comodatario (quien lo recibe) radica en las características de este, su vida útil, la duración del contrato, los beneficios económicos que va a desprender su uso para la entidad, entre otras consideraciones.
En este caso se puede apreciar que Actualícese no pensaba recuperar el computador, incluso ya tenía en mente comprar otro, todo esto porque la vida útil de un computador es muy limitada (es de entre 3 y 4 años), y seguramente ya habría dado de baja este activo de sus estados financieros.
En últimas lo importante en los contratos de comodato es identificar si se transfieren todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del bien. Para esto, vale la pena traer a colación el párrafo 20.5 del Estándar para Pymes (ver anexo técnico compilatorio 2 del Decreto 2483 de 2018), en el que se evidencian una serie de condiciones que permiten vislumbrar cuándo, en esencia, la operación supone que se están transfiriendo estos riesgos y ventajas (es necesario tener en cuenta que indistintamente de que el contrato haya sido denominado de cierta manera, el tratamiento contable se define por la esencia de la transacción que se lleva a cabo, no por su forma legal).
Una de las condiciones que menciona dicho párrafo es que si el plazo del arrendamiento supera la mayor parte de la vida económica del activo, se están transfiriendo (en este caso al comodatario) los riesgos y ventajas del bien, así no se transfiera la propiedad. Por tanto, en este ejemplo del computador, al saber que la vida útil del activo se va a terminar cuando acabe el contrato o incluso antes, el reconocimiento del aparato deberá hacerlo el comodatario, en este caso el investigador, no la empresa.