Los elementos de la propiedad, planta y equipo pueden darse de baja en dos momentos: cuando se hayan vendido o cuando ya no se espere obtener beneficios económicos por su uso o venta.
Realizamos un caso práctico sobre el reconocimiento de la venta de una propiedad, planta y equipo.
Los activos se definen como recursos económicos presentes controlados por la entidad como resultado de sucesos pasados. Un recurso económico es un derecho que tiene el potencial de producir beneficios económicos
Cuando se tienen activos en desuso y se planea usarlos en el futuro o venderlos, la entidad no debe darlos de baja ni cesar su depreciación. En caso contrario, la entidad deberá dar de baja los activos reconociendo una pérdida en resultados.
Los elementos de propiedad, planta y equipo se caracterizan por agrupar aquellos activos tangibles que se utilizan para la producción de bienes o la prestación de servicios, para arrendarlos a terceros o para fines administrativos.
En el caso específico de las propiedades, planta y equipo, el párrafo 17.27 del Estándar para Pymes establece de manera expresa que un activo debe darse de baja en dos momentos:
Cuando una entidad vende un activo, debe darlo de baja de sus estados financieros, reconociendo la ganancia o pérdida procedente de la disposición. Según el párrafo 30 de la sección 17 del Estándar para Pymes, la utilidad o pérdida de la venta de un elemento de la propiedad, planta y equipo se determina por la diferencia entre el producto neto de la disposición y el importe en libros de la partida.
Una entidad posee un vehículo medido por el modelo del costo con un valor en libros de $2.000.000 (costo inicial de $3.000.000, depreciación acumulada de $800.000 y deterioro de $200.000) y en diciembre 1 de 2021 decide venderlo por $3.500.000. Sin embargo, en el proceso de la venta se incurrió en gastos por comisiones de $350.000 y en gastos legales de $10.000.
De acuerdo con lo anterior, la entidad determina la utilidad procedente de la venta, así:
Los registros contables de la venta son los siguientes:
Cuenta | Débito | Crédito |
Efectivo y equivalentes – Bancos | $3.500.000 | |
Propiedades, planta y equipo – Depreciación acumulada | $800.000 | |
Propiedades, planta y equipo – Deterioro acumulado | $200.000 | |
Propiedades, planta y equipo – Vehículos | $3.000.000 | |
Utilidad en la venta de activos | $1.500.000 |
Cuenta | Débito | Crédito |
Gastos por comisiones | $350.000 | |
Gastos legales | $10.000 | |
Efectivo y equivalentes | $360.000 |
En cuanto al tratamiento de la utilidad fiscal, se deben tener en cuenta los siguientes puntos:
Cabe destacar que a la renta líquida por recuperación de deducciones no se le pueden imputar costos o gastos adicionales.
En nuestro caso práctico tendríamos la siguiente utilidad fiscal:
Precio de venta | $3.500.000 | ||
Costo fiscal del activo ($3.000.000 – $800.000) | -$2.200.000 | ||
Utilidad fiscal | $1.300.000 | ||
Concepto | Valor | Tarifa | Impuesto |
Ganancia ocasional (porque el activo se tuvo más de 2 años) | $500.000 | 10 % | $50.000 |
Renta líquida por recuperación de deducciones | $800.000 | 32 % | $226.000 |
Total | $1.300.000 | $276.000 |
Esta cartilla constituye una guía sobre los lineamientos contables de las entidades del grupo 2. Contiene ejemplos prácticos y casos de estudio que elevarán tus conocimientos profesionales.
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